Tipo de Norma: Ley
Número: 2077
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02077Res. Leg, X. 2077
Coustruccióa de la pinza de abastos
de la dudad dei Cuzco
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cnanto el Congreso ha dudo la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
lia dado la ley siguiente:
Artículo tínico. — La Junta Departamental del Cuzco entregará al Concejo Provincial del Cercado, las sumas á que se refieren la* partidas números 7 y 8del pliego de ingresos del presupuesto de ese Departamento, correspondiente á 1918 que no hayan sido iuvertidas, á fin de que las destine á la construcción de uuu plaza de abastos en la ciudad del Cuzco; ubm que se llevará á cabo de confonni dad con los planos y presupuestos aprobados por el Supremo Gobierno.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cuinuli-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.