Tipo de Norma: Ley
Número: 20504
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20504Amplían Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional
DECRETO LEY N< 20504EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:
Que es necesario regrabar en cihtas magnéticas de procesamiento automático de datos la información del Censo Nacional de Población 1961 a fin de asegurar su debida conservación y utilización;
Que la Oficina Nacional de Estadística y Censos, ha recibido tíha donación por S/. 66,000.00, importe de la regrabación a que se refiere el considerando anterior, siendo en consecuencia necesario autorizar la utilización de dichos recursos;
Que asimismo de acuerdo a normas para la Cooperación Técnica Internacional, diversas entidades han efectuado donaciones al Instituto Nacional de Planificación, destinadas al desarrollo de investigaciones:
Que es necesario autorizar la utilización de los recursos donados en investigaciones de base, orientadas a la formulación de Planes de Desarrollo;
De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 57 de la Ley N9 14816 Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y el Artículo 41< del Decreto Ley N9 19864 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974;
Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que está investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Na dado el Decreto Ley siguiente:
Articulo l9 — Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974 en la suma de Cuatro Millones Noventlsiete Mil Setecientos y 00/100 Soles Oro <S/. 4’097, 700.00) correspondiente a los Pliegos Presidencia de la República e Instituto Nacional de Planificación, con la fuente Ingresos por Transferencias del Exterior, conforme al siguiente detalle:
VOLUMEN I; Gobierno Central TITULO I: INGRESOS CAPITULO V: Ingresos por Transferencias 1.—CORRIENTES 1.2. Externas
A la Presidencia de la República Partida:
66,000.00
391-B: De la Fundación. Ford para regrabar la información del Censo Nacional de la Población 1961. S/.
2 — DE CAPITAL 2.2 Externas
Al Instituto Nacional de Planificación
Partida:
2*602,800.00
424-A: De la Agencia para el Desarrollo Internacional, para la continuación de los trabajos del modelo económico-demográfico. ................ M
Partida:
1*428,900.00
424-B: Del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, para la formulación de un programa de Desarrollo Social para la región de Puno.......... „
TOTAL
S/. 4*097,700.00
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.