Tipo de Norma: Ley
Número: 20198
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20198Sustituyen el artículo Io del Decreto Ley N9 18278
DECRETO LEY N* 20198EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto Ley
siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO,
CONSIDERANDO;
Que es necesario agilizar y asegurar la tramitación de les actos 6 contratos vinculados con operaciones que con garantía real, efectúan determinadas instituciones disposiciones que se opongan ai presente Decreto-Ley.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de Octubre de mil Novecientos setentítrés.
General de División E. P., JUAN VF.LASCO ALVARA-1)0, Presidente de la República,
Genera! de División E. P.. EDGARDO MERCADO JARDIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice Aimirañta AP., LUIS
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.