Ley Nº 20130

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Tipo de Norma: Ley

Número: 20130


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 20130

CAPITAL DE EMPRESAS PUBLICAS SERA REPRESENTADO POR ACCIONES O CERTIFICADOS DE APORTACION

DECRETO-LEY N< 20130

CONSIDERANDO:

Que debe uniformizarse la denominación asignada a los títulos que representan el capital de las empresas públicas;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros ;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Art. 1— El capital de ias empresas públicas estará representado por acciones o certificados de aportación.

Art. 2— Quedan modificados en los términos a que se refiere el Artículo anterior, los Arts. 1< y 2p del Decreto-Ley N9 19346 y Art. 629 del Decreto-Ley N 19864, y demás disposiciones legales que se opongan a lo previsto en el presente Decreto-Ley.

Art. 39— Las empresas públicas adecuarán sus disposiciones estatutarias y reglamentarías, en lo que respecta a la denominación atribuida a los títulos representativos de su capital, a lo dispuesto en el Art. 1 del presente Decreto-Ley.

Por Tanto: Mando se publique y cumpla.

Lima, 28 de Agosto de 1973 Gral. de Div. ÉP. Juan Velasco Alvarado Gral’. de Div. EP. Edgardo Mercado Jarrín Tte. Gral. FAP Rolando Gilardi Rodríguez. Vicealmirante AP., Luis E. Vargas Caballero. Gral. de Div.1 EP. Feo. M°rales Bernrúdez C.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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