Tipo de Norma: Ley
Número: 20102
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20102Bancos Estatales de Fomento eximirán a prestatarios de presentación de documentos
DECRETO LEY No. 20102EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto l*y siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Ley No. 10402, se estableció, por paite de las empresas bancarlas y financieras, la obligatoriedad de exigir de las empresas pres-
General de División EP EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General PAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vicealmirante AP LIJIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP PEDRO SALA OKOSCO, Ministro de Trabajo.
General de División EP ALFREDO CARPIO BECE-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.