Ley Nº 20091

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 20091

Goncejo de Lima importará de

Hungría 50 ómnibus articulados

DECP^TO LEY N 20091

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Crbierno Revolucionarlo ha dado el Decreto Ley siguiente

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que el Concejo Provincial de Lima ha elaborado un programa de transporte masivo u ser ejecutado por la Administradora Para Municipal de Transportes, APTL, que Incluye la adquisición de 200 ómnibus articulados;

Que ese plan responde a la necesidad de dotar a los habitantes de la ciudad de las facilidades necesarias de transporte;

Que la Administradora Para Municipal de Transportes de Lima, APTL. para iniciar dicho plan de transporte masivo requiere la Inmediata puesta en servicio de cincuenta (50) unidades que no pueden ser suministradas por la Industria Nacional, por lo que deben ser adquiridas en ci exterior;

Que el Concejo Provincial de Urna ha comprometido la oompra de cincuenta í (50) Vehículos de fabricación húngara, que cumplen con los requisitos técnicos establecidos para la ejecución del programa de transporte masivo y que, además, pueden •er fabricados, con características similares, por la industria nacional;

Que adlclonalmente, el Concejo Provincial de Lima ha comprometido la adquisición en el país de ciento cincuenta (150) unidades articulados restantes, para la e-jeción integral del plan de transporte masivo;

Que el Articulo 23 del Decreto Ley IT 19289 prohíbe

la importación de vehículos automotores, entre los que están incluidos los ómnibus para transporte de pasajeros, motivo por el cual, y en atención a las razones expuestas anteriormente, es necesario expedir un Decreto Ley facultando la adquisición en el exterior de cincuenta (50) unidades de fabricación húngara;

En uso ed las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Articulo Unico.— Autorízase al Concejo Provincial de Lima, para que Importe por única vez, la cantidad de cincuenta (50) ómnibus nuevos articulados marca Ikaros, modelo 180, de fabricación húngara, destinados a la Administración Para Municipal de Transportes de Lima, APTL.

Dádo en la Casa de Gobierno en Lima, a los diecisiete días del mes de Julio de mil novecientos setentitrés.

General de División EP JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la Repú> bllca.

General de División EP EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vicealmirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.

Teniente General FAP I*E-DRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División EP ALFREDO CARPIO BECERRA, Mnistro de Educación,

General de División EP ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de ^Sericultura.

General de División EP FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de División EP JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada EP JAVIER TARTALEAN VA-nini. Ministro de Pesquería.

Mayor General FAP FERNANDO MIRO QUESAOA

bahamonde, Ministro de

Salud.

Contralmirante AP RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de Vivienda.

Contralmirante AP ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.

General de Brigada EP MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP PEDRO RICIITER TRADA, Ministro del Interior.

General de Brigada EP RAUL MENF.SES ARATA, Minstro de Transportes y Comunicaciones.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 17 de Julio de 1973.

General de División EP JUAN VELASCO ALVARA-DO.

General de División EP EDGARDO MERCADO JA-RRIN.

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vicealmirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO.

General de División EP FRANCISCO MOR AI, ES BERMUDEZ CERRUTTI.

Contralmirante AP ALBERTO JIMENEZ ÜE LUCIO.

General de Brigada EP RAUL MENESES ARATA.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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