Ley Nº 19944

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 19944

DECRETO LEY No. 19944

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley si-* guíente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:

Que en el Pliego del Ministerio de Industria y Comercio del Presupuesto Bienal para 1971-1972*. se han generado mayores recursos provenientes del derecho de Inscripción de los participantes en Ferias, hasta por la suma de S/. 485,000.00 depositados en el Banco de la Nación cuenta corriente N TP8779;

Que no obstante haber fenecido el período de liquidación que fuera normado por el Artículo 1'* del Decreto Ley N 18700, es necesario ampliar el Presupuesto del Sector Público Nacional con los recursos antes mencionados que se encuentran disponibles, a fin de cubrir y regularizar las obligaciones contraídas al 31 de Diciembre de 1972, en la Partida 03.03 Embalajes y Fletes del Programa N 1430 “Promoción de Exportación'';

Que asimismo, es necesario ampliar el Octavo Calendarlo de Gastos correspondiente al Bienio 1971-1972;

De conformidad con io establecido en el Artículo 57 Inciso 3" de ia Ley 14816 Orgánica del Presupuesto Funcional de la República ;m

Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público; En uso de las facultades de que está investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Articulo Io—Ampliase por excepción el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972 en liquidación en !a suma de Cuatrocientos Ochenticinco Mil y 00 100 Soles Oro (SA 485,000,00) según el siguiente detalle:

VOLUMEN I: Gobierno Central e Instituciones Públicas Descentralizadas TITULO I: INGRESOS CAPITULO 1II: Ingresos Propios 2: Tasas

2.1 Tasas do Administración General

6ECTOR 12: Industria y Comercio PLIEGO 01: Ministerio de Industria y Comercio

Partida 269: Derecho de Inscripción

Participantes en Ferias ................. SA 485,000.00

TITULO II: EGRESOS SECTOR 12: Industria y Comercio pLIEtíO 01: Ministerio de Industria y Comercio

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece dias del mes de marzo de mil novecientos setentítrés.

En cumplimiento del Decreto Ley N 19943

General de División EP EDGARDO MERCADO JARRIN, Primer Ministro.

General de División EP EDGARDO MERCADO JARRIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra,

Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Mi-nlstroi, de Marina.

Teniente General FAP PEDRO SALA OIIOSCO, Ministro de Trabajo.

General de División EP ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.

General de División EP. ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agrien]tura.

General de División EP. FRANCISCO MORALES BEU-MUDEZ CEKRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de División EP., JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas,

General de Brigada EP. JAVIER TANTAI.-EAN VANINI, Ministro de Pesquería.

Mayor General FAP FERNANDO MIRO QUESADA BA-HAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP., RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de Vivienda.

Contralmirante AP. ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.

General de Brigada EP. MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP PEDRO RICIITER PUADA, Ministro del Interior.

General de Brigada E.P., RAUL MENESES ARATA, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 13 de marzo de 1973.

En cumplimiento D.-L. 19943

General de División EP EDGARDO MERCADO JARRIN.

General de División EP EDGARDO MERCADO JARRIN, Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vicealmirante AP., LUIS E. VARGAS CABALLERO. General de División E.P., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CEKRUTTI.

PRESUPUESTO DE INVERSION

programa 1430: Promoción de Exportaciones ’Jefaturía Responsable: Dirección General da Comercio

partida:

03.03 Embalajes y Fletes .................. S/. 485,000.00

Articulo 2"—Amplíase el Calendario de Gastos correspondientes al Octavo Trimestre del Bienio 1971-1972 en la súma Cuatrocientos Ochenticinco Mil y 00/100 Soles Oro (S/. 485,000.00) en el Pliego 01 Ministerio de Industria y Comercio, en la fuente de finaiiciamieiito y Partida Genérica que a continuación se indica:

PRESUPUESTO DE INVERSION

u- Puente de Finauciamiento Ingresos Propios

Objeto del Gasto (Diciembre)

01 ' Ministerio de Industria y Comercio

485,000.00

03.00 Servicios ......................... S/.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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