Tipo de Norma: Ley
Número: 19945
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19945Amplían autorización conferida al Banco Central Hipotecario
del Perú por Decreto Ley 18342
DECRETO LEY No. 19945
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
FOR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dudo el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Ley N> 18342 so autorizó al Banco Central Hipotecarlo del Perú, a otorgar prista mas destinados a la reconstrucción de los inmuebles dañados por el sismo del 31 de Mayo de 1970, en la Provincia dP Triililln Hnl
En cumplimiento del Decreto-Ley N 19943.
General de División EP EDUARDO MERCADO JA-RUIN, Primer* Ministro.
General de División EP.t EDGARDO MERCADO JARDIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP ROIANLO Gil,ARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vico Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP PERRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
Grnerul de División EP
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.