Ley Nº 19855

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Número: 19855


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 19855

Acciones de tipo aC” de COFIDE son deducibles de la renta

RRA, Ministro de Educación.

General de División EP. ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.

DECRETO LEY N 19855

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que es conveniente otorgar facilidades a los contribuyentes que deseen acogerse al beneficio tributario que concede el Decreto Ley No. 1880T para la adquisición de acciones Tipo “C" de la Corporación Financiera de Desarrollo;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo Unico. — Los importes que las personas naturales o jurídicas destinen a la compra de acciones Tipo “C” de la Corporación Financiera de Desarrollo y que sean adquiridas directamente en esa institución hasta el 15 de Marzo de 1973 de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 31 y 32 del Decreto Ley No. 18807, serán deducibles de la renta correspondiente al ejercicio 1972.

Dado en I# Casa de Gobierno. en Lima, a los veintiséis días del mes Diciembre de mil novecientos setentidos.

General de División EP. JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la Repü* Nica..

General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Mi-ífstro de Guerra.

Teniente General FAP. ROLANDO GIL ARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.

Teniente General FAP. PEDRO SALA OROSCO, Minis-tro de Trabajo.

General de División EP. ALFREDO CARPIO BECE

General de División EP.

FRANCISCO MORALES BERMUDEZ «ERRUTTI, Ministro de Economía y Ph

zas.

General de Brigada EP. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro do Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada EP. JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARE Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada EP. JAVIER TANTALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería, Mayor General FAP. FERNANDO Miro quesada

BAHAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante A. P., RAMON ARROSP1CE MEJIA, Ministro de Vivienda.

Contralmirante AP. ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.

General de Brigada EP, MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones. Exteriores.

General de Brigada EP. PEDRO RICHTEU PRADA, Ministro del Interior.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 28 de Diciembre de 1972,

General de División EP. JUAN VE LASCO ALVARA-DO.

General de División EP.. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ!

Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO.

General de Divisié'i E. P„

FRANCISCO MORALES BERMUDEZ VCERRUTTI,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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