Tipo de Norma: Ley
Número: 19651
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19651Amplían el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional en
la suma de SJ. 3'600,000.00
DECRETO LEY N° 19651
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que es conveniente construir el local para el funcionamiento del "Centro de Control de Productos Biológicos y Medicamentos” de los Institutos Nacionales de Salud, para hacer efectivo el donativo que en vía de asistencia técnica hace la República Federal de Alemania al Perú, según el acuerdo de Bonn de 24 de Junio del año en curso;
Que existen los recursos necesarios provenientes de mayores ingresos de recursos propios correspondientes al Pondo Nacional de Salud y Bienestar Social, los cuales han sido depositados en el Banco de la Nación, en la cuenta Tesoro Público partida 166 Ingresos Inclasificables;
Que para tal efecto es necesario ampliar el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional 1971-72 de Inversión, del Pliego 01 Ministerio de Salud, Programa 2399 — Inversión Indirecta;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57<> de la Ley Orgánica N° 14816. del Presupuesto Funcional de la República y del Articulo 42b del Decreto Ley N< 18700 del Presupuesto Bienal 1971-72;
Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo Io — Ampliase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para el Bienio 1971-72 en la suma de Tres Millones Seiscietitos Mil y 00 100 Soles Oro (S/. 3'600,000.00) de acuerdo al siguiente detalle:
VOLUMEN I: Gobierno Central e Instituciones
Públicas Descentralizadas TITULO I: INGRESOS CAPITULO I: Ingresos del Tesoro Público
5: Otros Ingresos
Partida 166: Ingresos Inclasificables ........... S^. 3'600,000
TITULO II: EGRESOS
SECTOR 18: SALUD
|»LIEGO 01: Ministerio de Salud
PRESUPUESTO DE INVERSION PROGRAMA 2399: Inversión Indirecta.
Jefatura Responsable: Dirección General de Administración
Partida:
11.00 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
11.01 — A Instituciones Públicas.
— Al Fondo Nacional de Salud y Bienestar Social.
(Para la Construcción del Local del Centro de Control de Productos Biológicos y Medicamentos) S/. 3 600,000
Articulo 2o — Como consecuencia de lo establecido en el Artículo anterior, amplíase el Presupuesto Bienal vigente del Pliego 02. Fondo Nacional de Salud y Bienestar Social en la Suma de Tres Millones Seiscientos Mil y 00 100 Soles Oro S/. 3‘600.000.00>, según el detalle siguiente:
VOLUMEN I: Gobierno Central e Instituciones Públicas Descentralizadas.
TITULO I: INGRESOS CAPITULO V: Ingresos por Transferencias l — Internas
1.1 — Del Sector Público
— Del Pliego Ministerio de Salud .. Sf. 3*800.000
TITULO II: EGRESOS SECTOR 18: SALUD
PLIEGO 02: Fondo Nacional de Salud y Bienestar Social PRESUPUESTO DE INVERSION PROGRAMA 242G: Programa de Obras Jefatura Responsable: Director General del
Fondo Nacional de Salud y Bienestar Social.
Partida:
07.00 OBRAS
07.01 — Obras por Contrata
— Construcción del Local del Centro de Control de Productos Biológicos y Medicamentos ........ S'. 3'600.000
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de Diciembre de mil novecientos setentidós.
General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.
General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP, PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División EP. ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
General de División EP ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.
General de División EP FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas. Encargado de la Cartera de Energía y Minas.
General de Brigada EP ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP JAVIER TANTALEAN VANINI, Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP FERNANDO MIRO QUESADA BA-HAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio. Encargado de la Cartera 4* Vivienda.
General de Brigada EP. MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP PEDRO RICHTER PRADA, Ministro del Interior.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 5 de Diciembre de 1972.
General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO.
General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vice-Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO,
General de División EP., FRANCISCO MORALES MRMÜDEZ CERRUTTI.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.