Ley Nº 19650

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 19650

Amplían Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional en el Pliego de Pesquería

DECRETO LEY N9 19650

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley siguiente’

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley N9 18810 “Ley General de Pesquería”, en su Art. 39 dispone que el Ministerio de Pesquería encargará a otras instituciones y empresas las investigaciones que sean necesarias, para lo cual les asignará los recursos respectivos y controlará la ejecución de los Programas, evaluando sus resultados;

Que con tal fin las empresas pesqueras del Sector Privado pesquero deducirán en cada ejercicio, libre de todo impuesto, el dos por ciento de la Renta Neta, para ser empleado en la Investigación y Capacitación de Pesquería;

Que la política pesquera propugna el máximo desarrollo de la Pesquería Nacional, compatible con el principio de la explotación nacional de los recursos hidrobiológicos del mar territorial, propiciando la capacitación técnica del personal del Sector;

Que para el logro de estos objetivos, es necesario contar con los recursos financieros que permitan dinamizar las acciones iniciadas por el Ministerio de Pesquería Con los Organismos Públicos y Privados del Sector;

De conformidad con el Art. 429 del Decreto Ley N9 18700 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972;

Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo Unico.— Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972 en la suma de Diecinueve Millones Quinientos Novenliún Mil Quinientos Scsentisiete y 37/100 Soles Oro <S/. I9'591,567.37) según el siguiente detalle:

VOLUMEN I: Gobierno Central e Instituciones

Públicas Descentralizadas T1TUIO I; INGRESOS CAPITULO III: Ingresos Propios

2: Tasas

2.9: Tasas no Clasificares SECTOR: Pesquería PLIEGO: Ministerio de Pesquería Partida 349-A: Dos por ciento (2%) de Renta

Neta de Empresas Privadas del Sector

Pesca ..................................... 19591,507.37

TITULO II: EGRESOS

SECTOR 11: Pesquería

PLIEGO 01: Ministerio de Pesquería

PRESUPUESTO DE INVERSION:

Programa 1329: Capacitación Pesquera Jefatura de Programa: Oficina de

Cooperación Técnica y Económica.

Partidas

06.01 Estudios por Contrata ................... 2*460,000.00

06.02 Estudios por Administración ............ 0*701,647.37

Programa 1342: Transferencias de Capital

Jefatura de Programa: Dirección General de Administración Partida

11.01 A Instituciones Públicas

(Al Instituto del Mar del Perú) .......... 7‘429,920.00

TOTAL: S/. 19'591,5C7.37

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de Diciembre de mil novecientos setentidós.

General de División E.P., JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.

General de División EP, ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice Almirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina

Teniente General FAP, PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División EP., ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.

General de División EP, ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.

General de División EP, FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CETTUTTI, Ministro de Economía y Finanzas. Encargado de la Cartera de Energía y Minas

Grneral de Brigada E.P., ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada EP, JAVIER TANTALEAN VAN1NI, Ministro de Pesquería.

Mayor General FAP, FERNANDO MIRO QUESADA BA-IIAHONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP, ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio. Encargado de la Cartera de Vivienda.

General de Brigada EP MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.

Genoül de br igada EP, PEDRO R1CHTER PRADA, Ministro del Interior.

POR TANTO:

Mando se publica y cumpla.

Lima, 5 de Diciembre de 1972.

General de D,visión EP, JOAN VELASCO ALVARADO.

General de División EP, ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ,

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ

Vice Almirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO.

General de División EP FRANCISCO MORALES RER-MUDEZ CERRUTTI.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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