Tipo de Norma: Ley
Número: 19547
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19547Economía hará por excepción una operación de transferencia de Partidas para Tribunal Agrario
A LAS PARTIDAS*
DECRETO LEY N* 1954T
9f. » '
350 000.00
250.000. 00
900.000. 00 20-000.00
30 000.00 90 090.00 10 000.00
5Ó 000.00
GILARDI RODWL
EL PRESIDENTE I» LA. REPUBLICA. POR OUANTOt
El Gobierno Revolucionario ha daodo el Decreto Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO :
Que lew recargadas labores de los Jueces de Tierras, debido » la ampliación de Zonas de Reforma Agraria, han superado las previsiones presupuéstales para los gastos que originan 9U movilización, de acuerdo a las normas legales sobre Reforma Agraria, a fin de aplicar la justicia en el campo;
Que con tal motivo es necesario efectuar modificaciones presupuéstales, por excepción, en el Programa 1151 “Fuero Privativo Agrario" del pliego 02 "Tribunal Agrario", no obstante lo dispuesto en el Artículo 37V, Inciso “a", del Decreeo Ley N 18700, del Presupuesto Bienal del Sector Público N*-eional para 1971-1972:
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos Vfi f 86 del citado Decreto Ley N 18700:
Estando a lo Informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que esté investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros:1
Ha dado el Decreto Ley siguiente;
Articulo Unico. — Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas, para efectuar, por excepción, una operación de Transferencias de Partidas, hasta por la suma de Un Millón Setecientos Mil y 00/100 Soles Oro (S/. 1 ”700,000.00), e« el Presupuesto del Sector Público Nacional en vigencia, da acuerdo al siguiente detalle;
TITULO II; EGRESOS SECTOR 10: Agricultura PLIEGO 02: Tribunal Agrario
PRESUPUESTO DE OPERACION:
Programa 115K Fuero Privativo Agrario Jefatura Responsable: Presidencia
DE LAS PARTIDAS*
01.01
Remuneración
Básica
del Personal
Permanente (Por Excepción)
• • • • • •*
1*850,000*00
01.03
Remuneración ción) ......
al Cargo
(Por
Excep-
-
100.00&00
01.04
Remuneración clón).......
Especial
(Por
Excep-
150,000j00
01.07
Remuneración
del Personal
Contra-
tado (Por Excepción)
- —
ft
400.000.00
B/.
1*700,00OJHI
02.09 Utiles de Escritorio y Materiales para Impresión..................
02.14 Repuestos de Equipos de Transporte
03.01 Viáticos, Gastos de Viaje e Instalación .....................
03.06 Mantenimiento de Inmuebles......
03.07 Mantenimiento de Mobiliario y Equipo de oficina ... ..............
03.11 Primas de Seguros no Personales ~
04:12 Subvenciones (Apertura) .........
08.01 Mobiliario, Enseres y Equipo Mecánico de Oficina ... „..
s/. noo,000.00
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de Setiembre de mil novecientos setentidós.
General de División EP., JUAN VELASCO ALVARADO» Presidente de la República.
General de División EP, ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice-Almirante AP. LUIS E. VARGAS CAttALLEBI*, Ministro de Marina.
Teniente General FAP, PEDRO SALA OROSCO, Ministro dé Trabajo.
General de División EP., ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
General de División EP ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.
General de División EP FRANCISCO MORALES BWR-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada EP ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP., JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP., JAVIER tantalean vanin».
Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP., FERNANDO MIRO QUE s A DA
BAHAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP RAMON ARROSPIDE MEJIA, Minie-
tro de Vivienda.
Contralmirante AP ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO* Ministro de Industria y Comercio.
General de Brigada EP PEDRO RICHTER PRADA* Ministro del interior. Encargado de la Cartee* de Relacione# Exteriores.
POR TANTO:
Mando se publica y cumpla.
Lima, 26 de Setiembre de 1972.
General de División EP JUAN TELASCO ALVARADO. Genera! de División EP, ERNESTO MONTAGNE SAN-
CHEZ.
Teniente General FAP rolando
Vice-Almlrante AP. LUIS E. VARGAS CABALLEIW^ General de División EP., FRANCISCO MORALE3 BER-
MUDEZ CERRUTTL
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.