Tipo de Norma: Ley
Número: 19431
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19431Se autorizan fondos para la Dirección Regional de Huaraz en el Pliego de Vivienda
DECRETO LEY N 19431 JL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO HA DADO EL DE« CRETO-LEY SIGUIENTE:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:
Que, por Decreto-Ley N° 18966, Ley Orgánica de CRYRZA, se ha dispuesto que los Ministerios, que realicen programas de desarrollo en la zona afectada por el sismo del 31 de Mayo de 1970, establecerán una Dirección Regional responsable de la programación, ejecución y control de las acciones del Sector en la indicada zona;
Que, por Decreto Supremo N 004-72-VI, se ha dispuesto que el Ministerio de Vivienda establezca la Dirección Regional de Huaraz;
Que, para tal efecto en eT Pliego del indicado Ministerio se requiere efectuar Transferencia de Partidas por la suma de S/. 3’OOO.OÜO parte de la cual tiene carácter de excepción en razón de que se habilita la partida 01.00 Remuneraciones del Programa 2101 Alta Dirección;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto-Ley N 18700 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972;
Estando a lo informado por la Dirección General del Presupuesto Público;
En uso de las facultades efe que está investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo r—Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a efectuar una operación de Transferencia de Partidas hasta por la suma de tres millones y 00/100 soles oro (S/, 3‘000,OCO.00)-en el Pliego 01 Ministerio de Vivienda del Presupuesto Bienal vigente, según el siguiente detalle:
SECTOR 16: Vivienda
PLIEGO 01: Ministerio de Vivienda
PRESUPUESTO DE OPERACION:
DE:
Programa 2103: Desarrollo Urbano
Jefatura Responsable: Dirección General de Desarrollo Urbano
Partidas
01.00 Remuneraciones .................... S/. 500.000
02.00 Bienes ............................. 60.000
03.00 Servicios ............................ 110 000
04.00 Transferencias Corrientes ............ 30,000
Artículo 2°—El Ministerio de Vivienda dictará las medidas complementarias necesarias a fin de cubrir las necesidades presupuéstales de la Dirección Regional de Huaraz.
Artículo 3—El Ministerio de Vivienda, en un plazo de sesenta días, aprobará el Presupuesto Analítico correspondiente y comunicará a los Organismos que dispone el Decreto Ley N 18700 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-72.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a Tos treinta días del mes de Mayo de mil novecientos setcntidós.
General de División E.P., JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República. .
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vlce-Almirante A.P., LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina. Encargado de la Cartera de Guerra.
Teniente General FAP., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División E.P., ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.
General dé División EP., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTL Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada E.P.. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada E.P.. JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLARÍ, Ministro de Enerería y Minas.
General de Brigada E.P., JAVIER TANTALEAV VANINI, Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP FERNANDO MIRO QUESADA BA-HAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP., RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de Vivienda,
Contralmirante AP., ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.
General de Brigada E.P., MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada E.P.. PEDPO RICHTFR PRADA. Ministro del Interior, Encargado de la Cartera de Educación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla*
Lima, 30 de Mayo de 1972.
General de División E.P., JUAN VELASCO ALVARADO,
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vice Almirante AP LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina. Encargado de la Cartera de Guerra.
Genero! do División EP FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI.
Programa 2104: Edificaciones
Jefatura Responsable: Dirección General de
Edificaciones
Partidas
01.00 Remuneraciones ...................... 600.00o
02.00 Bienes .............................. 300.000
08.00 Compra de Bienes de Capital Nuevos .. 300,000
rro&rama 2105: Obras SanitariasJefatura Responsable: Dirección General de
Obras Sanitarias
Partidas
01.00 Remuneraciones ..................... TíOO.OOO
TOTAL ................. S/. 3*000,000
AL:
Programa 2101: Alta Dirección Jefatura Responsable: Dirección Superior
Partidas
01.00 Remuneraciones . .................... S/, 2'283 490
02.00 Bienes ............................... 188,000
03.00 Servicios ............................ 339 COO
04.00 Transferencias Corrientes ............ 189,000
TOTAL
S/. 3*000.000
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.