Ley Nº 19432

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 19432

Sustituyen en artículo 4» y parte Quinta del Decreto Ley N9 18350

DECRETO LEY N° 19432

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto - Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que en el Artículo 4 y en la PARTE QUINTA del Decreto Ley 18350 se ha incluido la elaboración de “Fertilizantes Sintéticos, Simples y Compuestos” como Industrias Básicas de Primera Prioridad: debiendo corresponder la denominación “Fertilizantes Sintéticos, Simples y Complejos":

En uso de las facultades de que está investido: y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Articulo Unico.— Sustituyese en el Articulo 49 y la PARTE QUINTA del Decreto Ley 18350 la frase: “Elaboración de Fertilizantes Sintéticos, Simples y Compuestos” por “Elaboración de Fertilizantes Sintéticos, Simples y Complejos”.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de mnvo de mil novecientos setentidós.

General de División E.P., JUAN VELASCO ALVARA-DO. Presidente de la República.

Teniente General FAP. RO-I, —:nn ARDI RODRÍGUEZ, Ministro de Aeronáutica

Vice-Almirante A.P. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina. Encargado de la Cartera de Guerra

Teniente General F. A. P., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Titibajo

General de División E. P. ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.

General de División EP. FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas

General de Brigada E. P.t ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada EP. JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas

General de Brigada EP. JAVIER TANTALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería

Mayor General FAP. FERNANDO MIRO QUESADA BAHAMONDE, Ministro de Salud

Contralmirante A.P., RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de Vivienda

Contralmirante AP. ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio

General de Brigada E. P., MIGUEL A. I)E LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada E. P.f PEDRO RICHTÉR PRADA, Ministro del Interior. Encargado de la Cartera de Educación

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 30 de mayo de 1972

General de División E.P., JUAN VELASCO ALVARA-DO.

Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ

Vice-Almirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina. Encargado de la Cartera de Guerra

Contralmirante AP. ALBERTO JUMENEZ DE LUCIO



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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