Tipo de Norma: Ley
Número: 19428
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19428Amplían Presupuesto en más de> 18 millones para promover el desarrollo da Caja marca
DECRETO LEY N* 19428EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO HA DADO EL DECRETO LEY SIGUIENTE:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 27 de diciembre de 1971 se firmó el Acuerdo Específico entre el Gobierno Peruano y el Gobierno del Reino de Bélgica para promover el desarrollo de la Sub-Región de Cajamarca, al amparo del Convenio de Cooperación Técnica y Científica suscrito por ambos países el 22 de enero de 1965;
Que para reforzar el desarrollo integral de la subregión mencionada, se han elaborado los Proyectos 01 “Desarrollo del Valle de Condebamba”, 03 “Aprovechamiento de las Laderas Interandinas” y 04 “Comunicación y Participación en Apoyo al Desarrollo Rural” y con tal finalidad el Gobierno del Reino de Bélgica efectuaré, un aporte económico de S/. 18*238.500.00;
Que, en consecuencia, es necesario ampliar el Presupuesto Bienal vigente en la suma referida;
De conformidad con lo establecido en los artículos 57<*, de la Ley 14816 Orgánica del Presupuesto Funcional de la República en vigencia, y 42^ del Decreto-Ley 18700 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972;
Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo Unico.— Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972 en la suma de Dieciocho Millones Doscientostreintiocho Mil Quinientos y 00/100 Soles Oro <6/. 18*238.500.00) según el siguiente detalle:
TITULO I: INGRESOS
CAPITULO V: Ingresos por Transferencias.
2: Externas.
PARTIDA 502-E: Contribución del Gobierno
del Reino de Bélgica S/. 18’238.500.00
TITULO II: EGRESOS
SECTOR 10: Agricultura
PLIEGO 01: Ministerio de Agricultura
PRESUPUESTO PE OPERACIONPrograma 1101: Dirección Superior, Planificación y Administración General.
Jefatura Responsable: Dirección General de
Administración.
Partida:04.14 Otras
— A la Misión Científica Técnica Belga, para los Proyectos destinados al Desarrollo de la Sub-Región de Cajamarca .......................... S/. 18*238,560.00
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta día* del mes de mayo de mil novecientos setentidós.
General de División EP., JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice-Almirante AP., LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina. Encargado de la Cartera de Guerra.
Teniente General FAP., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División EP., ENRIQUE VALDEZ ANGULO» Ministro de Agricultura.
General de División EP., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada EP., ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP., JORGE FERNANDEZ MALDO* NADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP JAVIER TANTALEAN VANINI, Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP FERNANDO MIRO QUESADA BAIIAMONDE, Ministro dt Salud,
Contralmirante AP., RAMON ARROSFIPE MEJIA, Ministro de Vivienda.
Contralmirante AP., ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Mb< lastro de Industria y Comercio.
General de Brigada EP., MIGUEJL A. DE LA FLOR VALLR* Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP., PEDRO RICHTER PRADA, Ministro del Interior, Encargado de la Cartera de Educación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumplo.
Lima, 30 de Mayo de 1972.
General de División EP.t JUAN VELASCO ALVARADO.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARD' RODRIGUEZ
Vice-Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Mi-/ nistro de Marina Encargado de la Cartera de Juerra.
General de División EP., FRANCISCO MORALES BER* MUDEZ CERRUTTI.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.