Ley Nº 19427

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 19427

Ampliaron los recursos para el Sector de Educación de Dirección Regional de Huaraz

DECRETO LEY N 19427

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Lev siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO IONSIDERANDO

Que en cumplimiento del Decreto-Ley No. 18966 Ley Orgánica de CRYRZA. el Ministerio de Educación ha establecido la Dirección Regional de Huaraz, responsable de la Programación, Ejecución y Control de los Programas Proyectos y Obras encargadas por la CRYRZA;

Que dicha Dirección Regional, para el cabal cumplimiento de sus fines, requiere una adecuada implementacíón de Vehículos de Transporte para la Supervisión y Control de Jas Obras que se ejecutan por contrata;

Que para tal efecto es necesario ampliar el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972 con los recursos procedentes de la Venta de Planos de las Licitaciones de las Obras encargadas por CRYRZA al Ministerio de Educación, depositados en el Banco de la Nación en la cuenta N<> ME-842S;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 429 del Decreto-Ley N« 18700 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972;

Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General de Presupuesto Público:

En uso de las facultades de que está Investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo Unico— Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972 en la suma de Doscientos Cincuentiseis Mil y 00/100 Soles Oro (S/. 256,000.00), conforme el siguiente detalle:

TITULO I: INGRESOS CAPITULO III: Ingresos Propios

1-Venta de Bienes Corrientes y de Servicios SECTOR 21: CRYRZA PLIEGO 01: Reconstrucción y Rehabilitación PARTIDA 264-A: Venta de Planos S/. 256,000.00

TTULO IT: EGRESOS —

SECTOR 21: CRYRZA

PLIEGO 01: Reconstrucción y Rehabilitación

PRESUPUESTO DE INVERSION

Programa 1934: Equipamiento de Núcleos de Educación Comunal y Establecimientos Educacionales.

Jefatura Responsable: Dirección de Desarrollo Regional,

PARTIDA:

08.02 Vehículos de Transporte 6/. 256,000.00

Contralmirante AP RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de Vivienda.

Contralmirante AP ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.

General de Brigada EP MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP PEDRO RICHTER PRADA, Ministro del fTrterior, Encargado de la Cartera de Educación.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, SO de Mayo de 1972.

General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO.

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice Almirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO. Ministro de Marina. Encargado de la Cartera de Guerra.

General de División EP FRANCISCO MORALES BER* MUDEZ CERRUTTI.

Dado en ía Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta

días del mes de Mayo de mil novecientos setentidos.

General de División EP JUAN VELASCO ALVAR ADO,

Presidente de la República.

Teniente General FAF ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice Almirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO, Minia-tro de Marina. Encargado de la Cartera dp Guerra.

Teniente General FAP PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Traba ib.

General de División EP ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.

General de División EP FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Ecor,”nia y Finanzas.

General de Brigada EP ANIBAL 7 EZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brignda EP JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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