Tipo de Norma: Ley
Número: 19378
documento PDF
19378PARA COMISION NACIONAL DEL SESQUICENTENA RIO
Presidencia de la República
Nacional del Sesq tricentenario de la Independencia del
al Pliego
DECRETO LEY N 19378EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
1H Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley «iguiente:
EL GOEIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERA NDO
Que por Decreto-Ley N9 17815 se crea la Comisión Nacional de gesquicentenario de la Independencia del Perú, encargada de preparar y dirigir la ejecución del Programa con que se conmemora el 150 Aniversario de la Emancipación;
Que asimismo, como el Programa de Celebración del Sssquicentpup.rio comprende provectos qce deben ser concluidos, por Decreto-Ley N* 18921 se prorroga las funciones de 1* Comisión hasta el 9 de Diciembre de 1971; y se faculta a la Comisión a proponer al Supremo Gobierno los principales actos conmemorativos, asi como el proyecto de presupuesto para su 'financiación;
Que al apiobarse por De-i-I>y N 19239 el Presupuesto Re-programado, no Be consideraron los recursos financieros necesarios para «;ue la Comisión Nacional del S-squiccntenario conti n ú e funcionando y que hasta el año próximo pasado lo ha Vensio haciendo a través de las transferencias presupuéstales recibidas del Pliego Prerldcnciol de la República, Programa 0151 Administrarían General;
Escudo & lo Informado por Ins Direcciones Generales del Tesoro y del Presupuesto público del Ministerio de Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que esté Investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Articulo i®— Autorízase ál Ministerio de Economía y Finanzas a otorgar por excepción, un sobregiro transitorio al Pliego Presidencia de la República hasta por la suma de Veintitrés Millones Seiscientos Sesentinueve Mil Novecientos Cincuentiséis y 00/100 Soles Oro (S/. 23’669, 956„00') para ser transferidos mediante su Programa de Operación 0154 Administración General, a la Comisión
Pe"ú.
Articulo 29— El Titular del Pliego de la Presidencia de la República queda enckrga-do de estudiar y proponer la regularización del sobregiro autorizado por el artículo anterior, mediante la transferencia Interna de Partidas. Asimismo aprobará por Resolución Ministerial y presentará al Ministerio de Economía y Finanzas y otras dependencias, el Presupuesto Analítico correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto-Ley N 18700, Ley, del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional vi0""^0
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho dias del mes de Abril de mil novecientos setenti-dos.
General de División EP.,
JUAN VELASCO ALVAItA-DO, Presidente de la República.
General de División E.P., ERNESTO MONTAG-ne SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica
Vice-Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina
Teniente General FAP.,
PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División EP , ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
General de División EP., ENRIQUE VALDEZ ANGULO. Ministro de Agricultura.
General de División EP., FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CKRRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas .
General de Brigada EP. ANIBAL MEZA CUADRA
CARDENAS, Ministro d« Transportes y Comunicaciones, Encargado de la Cartera de Pesquería,
General de Brigada. EP. JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
Mayor General FAP. FERNANDO MIRO QUESADA BAHAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP., RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de Vivienda, Encargado de la Cartera de industria y Comercio.
General de Brigada EP. PEDRO RICIITER PRADA, Ministro del Interior, Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.