Ley Nº 19376

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 19376

PARA PLAN CENSAL

Economía otorgará por excepción un sobregiro transitorio a la Presidencia de la República

DECRETO LEY N° 19378

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionaria ha dado el Decreto - Ley bI-guiente;

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Ley No. 18406 se dispuso levantar en 1971 los censos nacionales de Población y de Vivienda así como la iniciación de las labores preparatorias de los Centros Económicos referentes a la Agricultura, Ganadería. Pesquería, Industria, Comercio y Servicios:

Que por Decreto Ley No. 18925 se ha dispuesto postergar el levantamiento de los Censos de Población y de Vivienda de 1971 a fin de ejecutarlo conjuntamente con el Censo Agropecuario en 1972 a través de un Plan Censal Nacional 1972;

Que, asimismo, al disponerse el Reajuste Presupuestal y la Aprobación del Presupuesto Reprogramado, corresponde al Programa 0179 Plan Censal Nacional, de la Presidencia de la República la suma de S/. 1817327,850.00, de los cuales S/. 7'916.850.00 son para cumplir con las labores preparatorias del Censo Agropecuario;

Que, al efectuarse la reprogramación total de las actividades previstas para el Censo de Población y de Vivienda y la programación correspondiente al Censo Agropecuario se ha establecido la necesidad de ampliar el presupuesto originalmente asignado a fin de asegurar el cumplimiento de las metas

establecidas;

Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y las Direcciones Generales del Tesoro Público y del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas:

En uso de las facultades de que está investido; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo Io — Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a otorgar por excepción, un sobregiro transitorio a la Presidencia de la República hasta por la suma de Cuarentiséis Millones Setecientos Tres Mil Setecientas Treintiuno y 00/100 Soles Oro O/. 46’703,731,00) destinado

al Programa de Inversión 0179 Plan Censal Nacional.

Artículo 2 — El Plieigo Presidencia de la República queda encargado de estudiar y proponer la regularizaron del sobregiro autorizado por el artículo anterior, mediante la transferencia interna de Partidas.

Dado en la Casa de Gobierno. en Lima, a los dieciocho días del mes de abril de mil novecientos setentidós.

General de División EP JUAN VELASCO ALVARA-DO. Presidente de la República.

General de División EP E R N E S T O MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáu-

tica.

Vice-Almiranfce AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.

Teniente General FAP. PEDRO SALA OROSCO, MI-nistro de Trabajo.

General de División E P. ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación

General de División EP. ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.

General de División EP, FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI. Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada EP ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones, Encargado de la Cartera de Pesquería.

General de Brigada EP JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI. Ministra de Energía y Minas.

Mayor General FAP. FERNANDO MIRO QUESADA BAIIAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP. RAMON ARROSPIDE MEJIA, Ministro de Viviendo gado de la Cartera de Industria y Comercio.

General de Brigada EP PEDRO RICHTER PRADA, Ministro del Interior. E:v'->r-gado de la Cartera de Relaciones Exteriores.

POR TANTO;

Mando se publique 7 cumpla.

Lima. 18 de abril de 1972.

General de División EP,

JUAN VELASCO ALVARA-DO.

General de División EP E R N E S T O MONTAGNR SANCHEZ.

Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice-Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO.

General de División FP

FRANCISCO MORALES BEK-MUDEZ CERRUTTI.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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