Ley Nº 19269

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 19269

El Directoría de COFIDE lo integrarán 13 miembros designados por RS de Economía

DECRETO LEY N* 19269

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Lcy .si-guíenle:

Eli GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que por la naturaleza de las funciones de COFIDE, es conveniente ampliar la conformación del Directorio a fin de que estén representados los Ministerios de Industria y Comercio, Pesquería, Agricultura y Encigín y Minas y los Bancos de la Nación y Central de Reserva del Perú;

En liso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Articulo Unico. — Modifícase el Artículo 21 del Decreto-Ley N 10807 en la siguiente forma:

“Articulo 21 — El Directorio de COFIDE estará integrado por trece miembros designados por Resolución Suprema del Ramo de Economía y Finanzas;

a. Once representantes de las acciones Tipo “A", designados en la siguiente forma:

— Dos representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, uno de los cuales presidirá el Directorio;

— Un representante del Ministerio de Industria y Comercio;

— Un representante del Ministerio de Pesquería;

— Un representante del Ministerio de Agricultura;

— Un representante del Ministerio de Energía y Minas;

— Un representante de 1» Comisión Nacional de Valores;

JOIUJE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLAR!, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada EP. JAVIER TANTALEAN VANI-NI, Ministro de Pesquería.

Mayor General FAF. FERNANDO MIRO QUESADA DAIIAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP., RAMON AH ROKl’IDF MEJ1A, Ministro de Vivienda.

Contralmirante AP. AL-RERTO JIMENEZ DE LUCID, Ministro de Industria y Comercio.

General de Brigada EP. MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.

— Un representante del Instituto Nacional de Planificación;

— Un representante de la Oficina Nacional de Integración;

— Un representante del Banco Central de Reserva del Perú;

— Un representante del Banco de la Nación.

b. Un representante de las acciones Tipo "B" elegido por el Consejo Superior de la Banca Estatal; y,

c. Un representante cíe las acciones Tipo "C” designado por el Ministerio de Economía y Finanzas dentro de una terna propuesta por los accionistas de esta clase”,

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de Enero de mil novecientos selenlidós.

General de División EP. JUAN VELASCO ALVARA-RO, Presidente de la República.

General de División EP., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP ,

ROLANDO GILARDl RO

DRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica .

Vice-Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.

Teniente General FAP.,

PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División EP. ALFREDO CARPIO DECERRA, Ministro de Educación.

General de División EP., ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.

General de División E.P.,

F R A N C I SCO MORALES B E R M U D E Z CERRUTTÍ, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada EP. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes j Comunicaciones,

General de Brigada, EP.

General de Brigada EP. PEDRO R1CHTER ERADA. Ministro del Interior.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 13 de Enero de 1972.

General de División EP

J UAN VELA SCO AMARADO.

General de División EP.t ERNESTO MUNTAGNK SANCHEZ

Teniente General FAP., ROLANDO GILARDl RODRIGUEZ.

Vice-Almirante AP. LUIS E. VARGAS CARALLEUO.

General de División EP.f FRANC ISCO M O U AL E 3 DEUAIUDEZ CERRUTTI.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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