Ley Nº 1925

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1925


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 01925

Kím. Leg. N.° 1925

Libo raudo de

derecho dos aliaros para el servicio del culto en la Iglesia Parroquial do Casma

Lima, 29 de noviembre de 19VI.

Exorno, señor:

El Congreso, ha. resuelto declarar li-bies de derechos de importación, así como de todo impuesto fiscal ó municipal, los cinco cajones venidos por el vapor «Timben», marcados R. I). R. -395¡9,conteniendo dos altares para el servicio del culto en la iglesia parroquial de Casma.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y fines correspondan tes.-

Dios guarde á V. E.—Juan N. Eléspu-ru, Presidente del Senado.—R. Bkntín. Diputado Presidente. - Clemente J. Revilla., Senador Secretario. — Carlos M Olivera, Diputado Pro-Secretario. (*)

Al Excmo.Sr. Presidente de la República.

Lima, 26 de febrero de 1914.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese. —Cinco rúbricas de los miembros de la Excma. Junta dP Gobierno.

Balta



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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