Tipo de Norma: Ley
Número: 1926
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Mandando se
reforme la cédula de invalidez expedida á don Luis Chacón
Lima, 30 de noviembre de 1913. Excmo. señor:
El Congreso ha resuelto que el Poder
Ejecutivo reforme la cédula de invalidez expedida á favor de don Luis Chacón, elevándola, para los goces consiguientes, al importe del haber qne corresponde á un sargento en servicio en la región del oriente.
Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y fines correspondientes.— Dios guarde á V. E. —Juan N. Eles-purtu, Presidente del Senado. —II. Fuentes, 1er. Vice-Presiden te de la Cámara de Diputados.—/. Alfredo Picasso, Se1 níidor Secretario.—Alberto Secada. Diputado Secretario.
Al Excmo. Sr. Presiden te de la República.
Lima, 20 de diciembre de 1913.
(himplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese.—Rúbrica de 8. E.— Va reía.
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No fué promulgado por el Gobierno del Sr. Billinghurst, en la fecha que se pidió su nuineta-ción: 20 de diciembre de 1913.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.