Tipo de Norma: Ley
Número: 1924
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01924Res. Lcg. X-° 192i
Indultando
al roo Podro do La Cruz
Lima, 15 de diciembre de 1913.
Excino. señor:
El Congreso, en uso de la facultad que le confiere el inciso 19 del artículo 59 de la Constitución, ha resuelto indultar al reo Pedro de La Cruz, del tiempo que le falta para cumplir su condena.
Lo comunicamos á VT.E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V.E. Juan X. Eléspuku.Presidente del Senado — R. Bkntín. Diputado Presidente.—Armando Ai. Hernández, Pro Secretario del Senado.-— Carlos Al. Olivera,, Diputado Pro Secretario.
Al Exorno. Sr. Presidente de la República.
Lima, 18 de diciembre de 1913.
Cúmplase,regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese.—Rúbrica de S. E. —Paz-Soldán.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.