Ley Nº 1911

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1911


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 01911

Res. Leu. X.c 1911

Declarando

expedito el derecho de dona Tomasa Jaime

para obtener cédula de montepío

Liw¿i, 21 de noviembre de 191°-

<-

Excino. señor:

El Congreso lia resuelto declararle no ha prescrito el derecho de doña To masa Jaime viuda del sargento mayer don Nicanor Otova, para que pueda oh fener cédula de montepío, de conformi-¡ l(l (>oii los artículos 6.°, 13 y 22 de la '¡eV (je 16 de enero de 1850.

*j Q comunicamos á V. E. para su ,0cindento y demás fines. —Dios

runi’tle á V7. E.

Juan N. Eléspuuu,

p bidente del Senado. — H. Fuentes, yice-Presidente de la fí. Cámara de pautados.—/. Alfredo Picasso. Senador Serret{l,,io- -Alberto Secad a, Diputado

Secretario.

Vi Exorno. Sr. Presiden te de la República.

Lima, 3 de diciembre de 1913

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, y archívese.—Rúbrica de S. E. — Varela.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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