Tipo de Norma: Ley
Número: 1912
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á la provincia de Chañeay
KL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley '‘¡guien re:
El Congreso de la República Peruana.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.