Tipo de Norma: Ley
Número: 19010
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190103/. 2'274.000.00
Se amplía el Presupuesto Bienal del Pliego 03 Escuela de Marina Mercante "Almirante M. Gtfyu”
DECRETO LEY N° 190)0EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, es necesario ampliar el Presupuesto Bienal 1971 - 1972, del Pliego 03 - Escuela Nacional de Marina Mercante, "Almirante Miguel Grau”, perteneciente al Sector 14 - Transportes y Comunicaciones, a fin de poder atender los diversos servicios Internos del alumnado, ast como también de los cursos técnicos de capacitación del personal de la Marina Mercante Nfeclonal;
Que, existen los recursos propios necesarios para la financiación provenientes de la venta de Bienes y de Servicios que efectúa la Escuela Nacional de Marina Mercante;
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 57 de la Ley N 14816 - Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y el Art. 42 de! Decreto-Ley N 18700 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971 - 1972;
Estando á lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;
En USO de las facultades de que está investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo Unico. — Amplíase el Presupuesto Bienal 1971-1972 del Pliego 03 - Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau", perteneciente al Sector 14 - Transportes y Comunicaciones, en la suma de Dos Millones Doscientos Setenticuatro Mil y 00/100 Soles Oro (S/. 2'274,000.00), conforme al siguiente detalle:
INGRESOS:
TITULO I
Ingresos del Sector Público Nacional
CAPITULO III Ingresos Propios
Partida: 229-A Recursos varios de la Escuela Nacional de Marina Mercante ...
TITULO I EGRESOS
SECTOR: 14 - Transportes y Comunicaciones Pliego: 03 - Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau”.
PROGRAMA: 1876 - Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau".
Partida:
01.00 REMUNERACIONES .........
01.04 Remuneración Especial .........
02.00 BIENES.............*.......
02.01 Alimentos para Personal ... ... ...
02.03 Vestuario.............. ......
02.05 Armas y Municiones............
02.07 Material Fotográfico............
02.08 Medicinas y Material de Laboratorio
05.02 Utiles de Escritorio ............
02.10 Libros y Suscripciones...........
02.11 Utiles de Enseñanza...........
02.12 Servicios de Cocina. Comedor y Ro-
pa de Cama.................. 60,000.00
02.18 Utiles de Aseo y Limpieza ...... „ 25,000.00
02.21 Otros ..................... 60,000.00
•2.00 SERVICIOS.................. S/. 544,000.00
03.12 Impresiones y Publicaciones....... 54,000.00
03.20 Otros ..................... „ 490,000.00
08.00 COMPRA DE BIENES DE CAPITAL NUEVOS...... ........ »/. «0,000.00
08.05 Equipo Médico Dental............ „ 30,000.00
08.06 Equipo de Laboratorio ......... „ 15,000.00
08.07 Equipo de Enseñanza y Ayuda Audiovisual ........................ „ 10,000.00
08.M Compra de Naves ... .... ........... 5.000.00
TOTAL ... _ ... S2*274,000.00
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días Gel mes de noviembre de mil novecientos setentiuno.
General de División EP. JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice-Almirante AP.. FERNANDO ELI*S APARICIO, Ministro de Marina. Encargado de la Cartera de Guerra.
General de División EP. EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Erttériores.
Teniente General FAP. PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División EP, ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación
Contralmirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.
General de Brigada EP. ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.
General de Brigada EP. FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada EP. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General dé Brigada EP. JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP. JAVIER TANTALEAN VANINI, Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP. FERNANDO MIRO QUESADA BAHAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP. ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Mintstio de Industria y Comercio.
General de Brigada EP. PEDRO RIOIITER PRADA, Ministro del Interior.
POR TANTO:
Marido se publique y cumplí Lima, 04 de Noviembre de 1971.General de División EP. JUAN VELASCO ALVARADO. Teniente General FAP., ROLANDO G*v.'int>I RODRIGUEZ.
Vice-Almirante AP, FERNANDO ELIAS APARICIO, Ministro de Marina Encargado de la Cartera de Guerra.
General de Brigada EP., FRANCISCO MORALES BERMÜ-DEZ CERRUTTI.
s/.
560-000.00
M
560,000.00
s/.
1710,000.00
ff
100.000.00
657,000.00
M
5,000.00
M
12.000.00
ff
59.000.00
f*
22.000.00
60.000.00
50.000.00
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.