Tipo de Norma: Ley
Número: 19009
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19009Amplían el Presupuesto Bienal del Gobierno Central del Sector Transportes en S/. 3'597,000.00
DECRETO LEY N* 19009EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO HA DADO EL DE-C'RETO-LEY SIGUIENTE:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:
Que, es necesario ampliar el Presupuesto Bienal 1971-1972, del Gobierno Central, Sector H - Transportes y Comunicaciones, Pliego 01 <• Ministerio de Transportes y Comuni-caciones¿ a fin de que la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, pueda atender el pago de obligaciones devengarías y cubrir un mayor porcentaje del total de las nietas y objetivos señalados de acuerdo con los planes respectivos;
Que, para su financiación existen los recursos necesarios, generados por la referida Dirección durante el año 1970, los cuales se encuentran empozados en el Tesoro Público;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57» de la Ley No. 14016 Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y Articulo 42» del Decreto-Ley No. i8700 del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1971-1972;
Estando a lo Informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público, del Ministerio de Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que está investido; y.
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Articulo Unico. — Amplíase el Presupuesto Bienal del Gobierno Central, Sector 14 - Transportes y Comunicaciones, Pliego 01 - Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la suma de Tres Millones, Quinientos Noventisiete Mil 00/100 Soles Oro (S/. 3 597,000.00), en la forma siguiente:
INGRESOS:
TITULO I
Ingresos del Sector Público Nacional
SUB-TITULO i
Ingresos del Gobierno Central
CAPITULO I
Tesoro Público
Partida 166 - Ingresos Inclasificables. B/. 3’597,000—
EGRESOS:
Sector: 14 - Transportes y Comunicaciones Pliego: 01 - Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Programa: 1806 - De Operación. — Planeamiento, dirección, coordinación y control do las actividades e inversiones de
Infraestructura Vial, Circulación y Seguridad Vial y Explotación de Ferroca-carriles.
Sub-Programa: 03 - Administración de las Actividades e Inversiones de Circulación y Seguridad Vial.
Dependencia: 5.3.O.O.— Dirección de Circulación y Seguridad Vial.
Partida:
02.00 BIENES
02.23 Créditos Devengados y Reconocido*. SA 430,000—
03.00 SERVICIOS
03.15 Arrendamientos de Muebles, Equipos y Otros. S/. 666,000—
TOTAL: C/. 1*096,000—
Ki-V .....
Programa: 1833 - De Inversión - Racionalización y Organización de los Servicios de Transporte Terrestre y Tránsito.
Sub-Frogranm: 01 - Estudios.
06.00 ESTUDIOS TARA INVERSION O DESARROLLO
06.03 Estudios por Administración.
Proyecto 02 - Estudio de Señalización Urbana en Provincias. S/. 140,000—
Sub-Programa: 02 - Obras 07.00 OBRAS
07.02 Obras por Administración.
Proyecto 08 - Semaforlzación Integral, Equipamiento e Instalación de Semáforos y Otros Equipos. S/. 2*361,000.00
TOTAL: S/. 2’501,000.00
Darío en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del raes de noviembre de mil novecientos setentiuno.
General de División EP, JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice-AlmIranio AF., FERNANDO ELIAS APARICIO, Ministro de Marina, Encargado de la Cartera de Guerra.
General de División EP., EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.
Teniente General FAP., PEDRO SALA OllOSCO, Ministro de Trabajo.
General de División EP.. ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
Contralmirante AP, LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.
General de Brigada EP., ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.
General de Brigada EP., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada EP., ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP., JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLAR I, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP., JAVIER TANTALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería.
Mayor General FAP,, FERNANDO MIRO QUESADA BAIIAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP., ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.
General de Brigada EP., PEDRO RICHTEE PRADA, Ministro del Interior.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 4 de noviembre de 1971.
General de División EP, JUAN VELASCO ALVARADO.
Teniente General FAP, ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vice-Alrnirante AP, FERNANDO ELIAS APARICIO, Ministro de Marina, Encargado de la Cartera de Guerra.
General de Brigada EP, FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTL
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.