Ley Nº 19003

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Número: 19003


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 19003

Declaran traidor a la Patria a Manuel

D’O mellas Suárez

DECRETO LEY N* 19003

el presidente de la

REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

ÉL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que el ciudadano peruano nacido en el extranjero, Manuel Antonio José D’Ornellas Suárez, hace en la República Argentina publicaciones difamatorias en contra del Perú y de su Gobierno, las mismas que tienen circulación a nivel Internacional;

Que tales publicaciones contienen falsas y mal intencionadas informaciones sobre la economía nacional, tendientes a procurar la retracción de Inversiones en el Perú y crear desconcierto en el ámbito internacional;

Que tal actividad evidencia la negación al deber de todo ciudadano de mantener en el extranjero en alta consideración la imagen de su patria, a la que deliberadamente D'OrneUas Suárez traiciona;

Que dicha actividad, reprobada por la ciudadanía, acredita la. observancia de una anormal conducta cívica que autodescalifica a quien asi actúa para continuar poseyendo la nacionalidad que ostenta, siendo, por lo tanto, procedente convalidar tal situación, privándole de ella;

De conformidad con el Artículo 5 del Estatuto del Gobierno Revolucionario Decreto-Ley No. 17063;

En uso de las facultades de ^ue está investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado ei Decreto-Ley siguiente:

Articulo 1 — Declárase traidor a la Patria a Manuel Antonio José D’Ornellas Suá-Wt y. en consecuencia, priva-arte de la nacionalidad peruana prohibiéndosele definitivamente su ingreso ai país Artículo 2 — .Los Ministerios de Relaciones Exteriores y del Interior, quedan encargados del cumplimiento dd presente Decreto-Ley,

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los .diecinueve Atoa del mes de Octubre da mil novecientos setentiuno

General de División EP., JUAN VELASCO ALVARA-JDO, Presidente de la República.

General da División EP.,

ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro dé Guerra.

Teniente General PAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice-Almirante AP., FERNANDO ELIAS APARICIO, Ministro de Marina.

General de División E. P-, EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

Teniente General FAP., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División llP., ALFREDO CARPIO BECE

RRA, Ministro de Educación.

Contralmirante AP., LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.

General dé Brigada EP., ENRIQUE VALDEZ ANGU

LO, Ministro de Agricultura.

General de Brigada EP., FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Fi

nanzas.

General de Brigada EP., ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicacio

nes.

General de Brigada EP., JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada EP., JAVIER TANTALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería.

Mayor General PAP., FERNANDO MIRO QUESADA BAHAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP., ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y

Comercio.

General de Brigada EP., PEDRO RICHTER PRADA,

Ministro del Interior.

POR TANTOl

Mando se publique y cumpla.

Lima, io de Oetubre de 1971

General de División EP., JUAN VELASCO ALVARA-DO.

General de División EP.» ERNESTO MONTAGNE SAN

CHEZ.

Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

vlce Almirante AP., FERNANDO ELIAS APARICIO General de División E. P., EDGARDO MERCADO JA-

RRIN..,7:M i»

General de Brigada E. P.t PEDRO RICHTER PRADA.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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