Ley Nº 19002

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 19002

Tipo de Norma: Ley

Número: 19002


Visualización de la norma: Ley 19002



Descargar Ley 19002 en PDF -

documento PDF

 19002

Autorizan a ONDEPJOV que cancele precio de una obra

cionada la obra por la Oficina Nacional de Desarrollo de Pueblos Jóvenes, debe re

General de Brigada JAVIER TANTALEAN

mento Vacacional "Las Con

DECRETO LEY N* 19002

ELrPRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley siguiente :

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que la Oficíela Nacional do Desarrollo de Pueblos Jóvenes dentro de su Programa de Acción Inmediata, correspondiente a! año 1970, consideró el de Vacaciones útiles y Recreación Escolar consistente en la construcción y equipamiento del Campa* mentó Vacacional "Las Conchitas”, en Ancón, para beneficiar a la numerosa población escolar de los pueblos jóvenes de la zona periférica de Lima Metropolitana;

Que para apoyar la reall* zación de dicha obra, que por su naturaleza contribuye al bienestar y desarrollo de tan importante sector de la población, por Decreto-Ley N* 28689 se amplió el Presupuesto Funcional del Gobierno Central para 1970 con S/. 5*016,709.96, dotándose asi a la Oficina Nacional de Desarrollo de Pueblos Jóvenes de los recursos financieros indispensables;

Que por no contar la Indicada Oficina' Nacional con los recursos* de personal y material necesarios, fue hecha la transferencia a la Partida 3.2.1 Obras por Contrata por S/. 3*946,000.00;

Que dada la finalidad de la obra y su urgente y oportuno funcionamiento, en vista del período vacacional, fue imperativa la ejecución inmediata, encargándose la o-bra a la Empresa Constructora Italo-Peruana que ofertó el menor precio;

Que el monto de la obra realizada asciende a S/. 2*162,001.74 y que se ejecutó en dos etapas y trabajos adi* clónales, la primera por S/. 7C0.555.40; la segunda por S/. 892,991.79; y los trabajos adicionales por S/. 508,454.55;

Que habiendo sido recep-

gularizar los actos administrativos relacionados con lo ejecución de la misma;

En uso de las facultades de que esté investido* y

Con el voto aprobatorio dsft Consejo de Ministro»;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo Unico-— Autorizase a la Oficina Nacional ds Desarrollo de Pueblos Jóvenes para que cancele a la Empresa Constructora Italo-Peruana S/. 2*162,001.74 por la construcción del Campachitas** en Ancón, quedando regularizados los actos efec* tuados por dicha oficina con motivo de la citada construcción.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecl* nueve días del mes de Octubre de mil novecientos se-tentiuno.

General de División EP, JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República.

General de División EP, ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP, ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice-Almirante AP., FERNANDO ELIAS APARICIO, Ministro de Marina.

General de División EP. EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

Teniente General FAP, PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División EP, ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.

Contralmirante AP, LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda,

General de Brigada EP, ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro» dé Agricultura.

General dé Brigada EP, FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CBRRÜTTI, Ministro de Economía» y Finanzas.

General de Brigada EP, ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicacio

nes.

General de Brigada EP, JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministre de Energía y Minas.

NINI, Ministro de Pesquería.

Mayor General FAP., FERNANDO MIRO QUESADA' BAHAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP, ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.

General de Brigada EP, PEDRO RICHTER FRADA, Ministro del Interior.

POR TANTO*

Mando se publique y cumpla.

Lima, 19 de Octubre de 1971.

General de División EP, JUAN VELASCO ALVARA-DO.

General de División EP, ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Teniente General PAP, ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice Almirante AP, FERNANDO ELIAS APARICIO.

General Q'e División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos