Tipo de Norma: Ley
Número: 18897
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18897Otorgan facilidades a los Empleadores para el pago de deudas al S. S. E.
Dccncio LEY N 10097EL l’ltKSIIIENTK HE M JUPCJUdCA.
TOR CUANTO:
Rl Onbicrno Revolucionario hit dado el Decrrlo-I*oy si-gnicntr:
r:i, HODIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
• Que c.s de interés del Gobierno Revoluciona rio, dinn-mi/ar l:i noción que compele a los Meamos Dúdalos, pora r| eficiente cumplimiento de en i fines InslUucionidejt;
Que asimismo es conveniente fricllttor H cumplimiento <n* los obllicadoncs adeudados
Artículo 4°— rara neoger-a este Dccrrto-Loy los empleadores gosniAn d* 120 dfus n pnlili* do lf\ fecha de ru promulgación.
Artículo — Queden clero* gadas ludas Ins dispor.lclowM que se opongan a! picíenle Decreto-Ley.
Dado en la Ca':a de Gobierno en Lima n los treinta días del mrs de .Junio de mil fcv>vrclnnlos setrnUuno.
Clone ral de División KP., JUAN VELASCO ALVAUA-1M>, Fres!dente de la República.
General de División EP, ERNESTO 1M ONT A CINE SANCHEZ, Presidente del Conr.o-Jo de Ministros y Ministro de Guerra
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.