Tipo de Norma: Ley
Número: 18820
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18820No es restrictiva 2da. parte
del Art. 5* de la Ley N9 14971
DECRETO T.ET No. 18820
EL. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto—Ley ai. guíente:
EL OOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO;
Que es conveniente conseguir la participación del mayor número de empresas
General de División E.P. ARMANDO AHITOLA AZCA. RATE, Ministro del Interior.
Contralmirante AP. JORGE DELLEriANE OCAMPO. MI nistro de Industria y Co. mercio.
Centr-Imirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Mlnlrtro de Vivienda.
Mayor General FAP. ROLANDO CARO CONSTANTI. Nl. Ministro de Salud.
General de Brigada E.P. FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRU-TTI, Ministro de Economía y Finanzas.
General de Bridada E.P. JORGE BARANIHARAN TA-OADOIl, Ministro de Agricul-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.