Ley Nº 18819

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 18819

Agregan a la lista de Industrias de lxa. prioridad a la manufactura de transformadores eléctricos de lOO KW

DECRETO LEY N' 1881»

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente :

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO-

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-Ley 18350 asigna la Primera Prioridad a las Industrias Específicas productoras de bienes de capital y otros ins'umos fundamentales para las actividades productivas;

Que la manufactura de transformadores eléctricos u-tllizados en las líneas de transmisión de energía es actividad Industrial productora de bienes de capital;

Que es conveniente fijar el término de los beneficios tributarios nue concede la Ley General de Industrias;

,En uso tíc las facultades de que está investido; y Con el voto aprobaioilo del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decrcto-Ley siguiente:

Artículo 1 — Agregar a la Lista de industrias de Primera Prioridad contenida en la Parte Quinta del Decreto-Ley 18350, como Industria Específica la siguiente:

“Construcción de transformadores eléctricos de más de cien (100) kilovol-tios amperios, utilizados en las líneas de transmisión de energía eléctrica".

Artículo 2o — Los Incentivos tributarios otorgados por la Ley General de Industrias, Decreto-Ley 18350, tendían vigencia de quince (15) años a partir de la fecha de su promulgación.

Dado en la Casa de Gobier-! no, en Lima, a los treinta días del mes de Marzo de mil i novecientos setentaiuno.

General de División E. P., JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República.

General de División E. P . ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

teniente Gcnercl FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice-Almlrnnte A. P., MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Marina.

General de División EP. EDGARDO MERCADO JARDIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

Teniente General FAP.. PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División E P-, ALFREDO ARRISUESO CORNEJO, Ministro de Educación.

General de División E. P., ARMANDO ALTOLA AZCA-rate, Ministro del Interior.

Contralmirante AP.. JORGE DELLEFIANE OCAMPO, Ministro de industria y Comercio.

Contralmirante AP., LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.

Mayor General FAP.. ROLANDO CARO CONSTANTINO Ministro de Salud.

General de Brieada F. P-, FRANCISCO MORALES BEP.-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada E P.t JORGE BARANDIAKAN FA-CADOR, Ministro de Agricultura.

General de Brigada E. P., ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada E. P., JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigeda E. P , JAVIER TANTALEAN VANI-NI, Ministro de Pesquería.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 30 de Marzo de 1971.

General de División E. P., JUAN VELASCO ALVAKA-DO,

General de División E. P., ERNESTO M.ONTAGNE SAN. CHEZ.

Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice-Almirante, AP.. MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO.

Contralmirante AP. JORGE DELLEriANE OCAMPO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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