Tipo de Norma: Ley
Número: 18795
documento PDF
18795Conceden
pensión o hija de combatientedel 2 de MayoDECRETO LEY N» 1Í7M
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
P<">». CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
rriMenni'tj ímt-»r».
Vlce-Almlrante A. P. MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO. Ministro de Marina.
General de División EP. EDGARDO MERCADO JA-RRIN. Ministro de Relaciones Exteriores.
Teniente General PAP. PEDRO SALA OROSCO. Ministro de Trabajo.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.