Ley Nº 18796

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 18796

EL MINISTERIO DE ECONOMIA EMITIRA BONOS POR SEIS MIL MILLONES

DE SOLES

DECRETO-LEY N* 18796

Considerando:

Que las inversiones publicas del presente Ejercicio Presupuesta! vienen desarrollándose en la forma programada;

Que para parte de su financiamiento se ha previsto la captación de ahorro interno, meen-* tivando el Mercado de Valores;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Dccreto-Lcy .siguiente:

Arl. I— Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas para emitir valores del Estado en moneda nacional, extendidos al portador que se denominarán "Bonos de Inversión Pública 1971-1972'. hasta por un monto de Seis Mil Millones de Soles Oro (S/. 6,0U0‘ 000,000.00).

Art 2"— Los recursos que se obtengan poi la colocación de los Bonos serán fuente de ingreso al Tesoro Público y de conformidad con lo previsto en el Art. IS de la Constitución Política del Estado, se destinarán exclusivamente a la ejecución del Programa de Inversiones Públicas para el Bienio Fiscal 1971-1972;

Art. 3'1— Los Bonos se emitirán por series



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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