Tipo de Norma: Ley
Número: 18447
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18447Derogan el Art. 4 del D. S. número 297-68-HC sobre la emisión de Bonos Bancarios
DECRETO LEY No. 18447
KL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo hft dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Supremo N4 297-68-HC de 14 de agosto de 1968 confiere a las empresas bancadas la facultad de emitir Bonos Bancarios, con características y condiciones no cohvenlentes al Interés na-
.1____i.General de Brigada Ep ANIBAL MEZA CUAIIH \ CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP JORGE FERNANDEZ MATRONADO SOLA II!, M lilis l.i© de Energía y Minas.
General de Brigada EF. JAVIER TANTALEAN VA-NI NI, Ministro de Pesquería.
POR TANTO:
Mando se publique y n»na-pla.
Lima, 27 de Octubre de 1970.
General de División EF., JUAN VELASCO ALV .MIADO.
General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SAN-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.