Ley Nº 18440

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 18440

El Presupuesto del Gobierno Central es ampliado para 1970

S/. 33‘858,150.00 „ 19'963,361.00

„ 47’878.646.00

„ 32 065,680.00

„ 27'922,746.00

„ 23’803,684.00

S/. 185*492,267.00

DECRETO LEY N 18440

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO-

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO-

Que, por Decreto-Ley N8 17127 se estableció la reprogramación de las obras en ejecución, con cargo a los fondos que no llegaron a ser gastados o Invertidos en el ejercicio anterior;

Oue, el Pondo Nacional de Desarrollo Económico ha revertido al Tesoro Público la suma de S/. 185'372,267.00, correspondiente a la ejecución de diversas obras de infraestructura que se encuentran en actual ejecución:

Que, el Artículo 57 de la Ley N 14816, Orgánica del Presupuesto Funcional de la República, establece que el Presupuesto del Gobierno Central puede ser ampliado durante su ejecución.

Que, los ingresos correspondientes ya han sido contabilizados conforme lo dispone el Articulo 24 de la Ley N 16360, adicional a la Ley N 14816:

De conformidad con lo establecido en el Articulo 29 del Decreto-Ley N 18088, Anual del Presupuesto Funcional de la República en vigencia;

Estando a lo informado por la Dirección General de Administración, del Secretariado Técnico del Pian Económico Anual y de la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo 1— Ampliase el Presupuesto del Gobierno Central para 1970, por un monto de Ciento Ochenticinco Millones Trecientos Setentidós Mil Docientos Sesentisiete y 00/100 Soles Oro (S/. 185*372.267.001 conforme a la distribución siguiente:

INGRESOS Gobierno Central

Capitulo 1 — Fondo del Tesoro Público

5 — Ingresos Inclasificables

Partida 175 — Ingresos Inclasificables

— Saldos al 31/12/1969, revertidos al Fondo

General del Tesoro Público ............ S/. 185*372,267.00

EGRESOS.

Pliego 9 — Economía y Finanzas Sub-Pliego IV — Organos de Apoyo Programa XIV — Administración del Pliego Asignación N 14

44.0. — Transferencias de Capital a Entidades del Sector Público.

3 — Fondo Nacional de Desarrollo

Económico .................... S/. 18S'372,267.00

Artículo V— La suma ampliada por el Artículo anterior será destinada a incrementar los Presupuestos para 1970 de las siguientes Corporaciones y Juntas; dependientes del Fondo

Nacional de Desarrollo Económico:

ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS Fondo Nacional de Desarrollo Económico INGRESOS

— Transferencias: Del Pliego de Economía

y Finanzas ......... S/. 185’372.267.00

— Del Sector Privado:

— Recibidas por la Junta de Obras Públicas del Departamento de Junín ... „ 120,000.00

EGRESOS

i— Corporación de Fomento y Desarrollo Económico del Departamento de Caja-marca ..................................

— Corporación de Reconstrucción y Fomento del Departamento del Cuzco ....

— Corporación de Reconstrucción y Desarrollo de! Departamento de lea .........

— Junta de Obras Públicas del Departamento de Junin ........................

— Corporación de Fomento y Desarrollo So

cial y Económico, del Departamento de Lambayeque ............................

— Corporación de Rehabilitación y Desa

rrollo Económico del Departamento de Moquegua ..............................

TOTAL:

Dado en !a Casa, de Gobierno en Lima, a los veinte días del mes de Octubre de mil novecientos setenta.

General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República:

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice-Almirante AP., MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO. Ministro de Marina, Encargado de la Cartera de Guerra.

General de División E.P., EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

Mayor General FAP; PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de Brigada E.P., ALFREDO ARRISUENO CORNEJO, Ministro de Educación.

General de Brigada E.P., ARMANDO ARTOLA AZCA-RATE, Ministro del Interior.

Contralmirante AP. JORGE DELLEP1ANE OCAMPO, Ministro de Industria y Comercio, Encargado de la Cartera de Agricultura.

Contralmirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.

Mayor General FAP ROLANDO CARO CONSTANTINO Ministro de Salud.

General de Brigada EP., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada EP, ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada EP. JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLAR!, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada E.P., JAVIER TANTALEAN VANINI, Ministro de Pesquería.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 20 de octubre de 1970.

General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO.

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice Almirante AP. MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Marina Encartado de la Cartera de Guerra.

General de Brigada EP., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI.

S/. 185'492,267.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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