Tipo de Norma: Ley
Número: 18408
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18408SE AMPLIA EL PRESUPUESTO FUN-
CIO NAL DEL GOJBIIERNO CENTRAL EN
16 MILLONES DE SOLES
DECRETO-LER N 18408
CONSIDERANDO:
Que es propósito del Gobierno Revolucionario de la Fuerza Armada, el establecimiento de un proceso de racionalización de la producción, zonificando cultivos y crianzas en aquellas áreas que ofrezcan mejores posibilidades de desarrollo basado en la microplanificación zonal y sectorización de áreas homogéneas;
Que el trapecio comprendido entre los ríes Aguytía, Pachitea, Ucayali y la Cordillera A-zul es zona que reúne condiciones muy favorables para intensificar el desarrollo ganadero, en razón de que sus 2 millones 500 mil hectáreas cuentan con medios de comunicación terrestre y aérea, que la unen al gran mercado de consumo de Lima, y porque, además, su carretera de penetración (LimaPu-callpa), tiene conexiones fluviales a toda la Zona del Oriente;
Que el Instituto Nacional de Planificación considera esta área como un futuro ‘Tolo de Desarrollo Agropecuario";
Que la capacidad potencial del millón y medio de hectáreas que se estima, son apropia das para el desarrollo ganadero, la convierte en un futuro Centro Productor de Ganado Vacuno de carne, que constituirá una de las bases para la solución concreta al problema de abastecimiento de proteínas de origen animal;
Que para desarrollar esta zona es necesa rio ejecutar el proyecto de “Desarrollo Ganadero de la Selva-Núcleo de Pucallpa" en base a la actual capacidad instalada de la Granja “San Jorge" del Ministerio de Agricultura, la Granja del Instituto Veterinario de Investigaciones Tropicales y de Altura (IVITA) de la Universidad Nacional Mayor de> San Marcos, la Cooperativa Agraria Ltda. N 299 de la Colonización “El Pimentel" y el futuro Centro
de Producción y Aclimatación de Reproductores de Tournavista;
Que el Banco de Fomento Agropecuario del Perú ha otorgado un préstamo de S|. 16 millones al Ministerio de Agricultura, para los gastos de inversión y de operación en la Gran ja San Jorge y el Centro de Tournavista;
De conformidad con lo establecido en el artículo 7v de la Ley N 14816, Orgánica del Presupuesto, y en los artículos 29 y 74y del Decreto Ley N 18088, Anual del Presupuesto Funcional de la República en vigencia;
Estando a lo informado por la Dirección General del Presupuesto Público;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros ;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Art. 1— Amplíase el Presupuesto Funcional del Gobierno Central para 1970 en dieciseis millones de soles oro (S|. 16’000,0C0), en la siguiente forma:
Título Primera: Ingresos del Sector Público Nacional..
Sub-Título I: Ingresos del Gobierno Central.
Capítulo 4: Empréstitos.
I.—Empréstitos Internos.
Banco de Fomento Agropecuario del Perú.
Partida N< 218-B Estudios y O-bras en la Granja “San Jorge" S|. y en el Centro de Tournavista (Agricultura) .............16'000,000
Título Segundo: Egresos.
Sector 09: Agricultura.
Pliego 13: Ministerio de Agricultura.
Sub-Pliegx) 0.: Direcciones Generales Técnicas.
Programa 1205: Promoción del Desarrollo de la Agricultura y Ganadería .
Asignación VI.
Unidad Ejecutora 01: Dirección General de Promoción Agorpecuaria.
Partida:
2.0.0 Estudios y Obras por Contrata y Administración.
3.1.0 Estudios.
3.1.2 Estudios por Administración.
Estudio de Promoción Agropecuaria San Jorge-Tourna vista 1'200,000
3.2.0 Obras
3.2.1 Obras por Contrata.
Gastos de Inversión en la
Granja San Jorg^e y en el Cen
tro de Tournavista ........14'000,009
SI. 16'000,000
Art. 29— Autorízase por esta única vez a la Dirección General de Promoción Agropecuaria para que pueda suscribir en representación del Ministerio de Agricultura, en forma frac-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.