Ley Nº 18365

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 18365

Amplían Presupuesto Funcional del Banco Central de Reserva del Perú en un millón de soles

DECRETO LEY N 1R365 EL ' PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

862-A— Banco Central d« Reserva del Perú S/.

4

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El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Dfccreto-LeV siguiente:

ÉL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO! '

Que. es necesario dotar de recursos adicionales a la Oficina Nacional de Informaciones para el mejor cumplimiento de sus funciones;

Que existen recursos financieros de libre disposición en M Banco Central de Reserva del Perú por mayores ingresos originados por los intereses que devengan las reservas oficiales depositadas por el Banco Central en el exterior;

De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 57 inciso •• de la Ley N 14816, Orgánica del Presupuesto Funcional «le la República y el Articulo 20 del DecretarLey N 18088, Ley Anual del Presupuesto Funcional de la República en vigencia;

Estando a lo informado por la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

Eil uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo 1—Amplíase el Presupuesto Funcional del Saneo Central de Reserva dei Perú para el año 1970 en un millón •oles oro 00/100 (S/. 1'000,000.00), en la forma siguiente:

Ingresos

TITULO I: INGRESOS DEL SECTOR PUBLICO íkib-Titulo II: Ingresos de los Organismos Públicos Descentralizados.

Sector: Economía y Fltianeas.

Pliego: Banco Central de Reserva del Perú. CAPITULO: 3 Recursos Propios, i. Rentas de la Propiedad (Intereses y Dividendos) ........................ 3/.

EGRESOS

SECTOR 02: ECONOMIA Y FINANZAS Pliego: Banco Central de Reserva del Perú,

PROGRAMA: I: Oficina Principal, Sucursa-les y Agencias

UNIDAD EJECUTORA: Banoo Central de Reserva del Perú.

UNIDAD DÉ ASIGNACION N I.

Partida:

4.6.0 Transferencias.

4.1.0 Transferencias Corrientes a Entidades del Sector Público Nacional.

4.1.5 Otras

—Al Pliego Presidencia de la República (Oficina Nacional de Informaciones) ... ............ 3/. rooo.ooo.00

Artículo 2—Autorízase la siguiente ampliación de Partidas en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central en vigencia:

TITULO I: INGRESOS DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL.

flUB-TITULO I: Ingresos del Gobierno Central.

CAPITULO 5: Transferencias.

1. Transferencias Internas.

De Organismos Públicos DesoentraHaados.

TITULO II: EGRESOS DEL GOBIERNO CENTRAL:

SECTOR 01: Presidencia de la República, PLIEGO 01: Presidencia de la República. PROGRAMA 007: Oficina Nacional de Informaciones.

UNIDAD EJECUTORA: Dirección General de Administración.

UNIDAD DE ASIGNACION: VII.

Partidas:

•.0.0 Bienes y Servicios no Personales. 2.8.0 Impresiones y Publicaciones.

2.8.2 Avisos, Publicaciones y Propaganda

Dado en la Casa de Oobierno, en Lima, a loa once diaa del mes de Agosto de mil novecientos setenta.

General de División EP JUAN VELASCO ALVARÁDO, Presidente de la República.

General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra. Encargado de la Cartera de Marina.

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

General de División EP EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

Teniente General FAP JORGE CIIAMOT BIGGS, Ministro de Trabajo.

General de Brigada EP ALFREDO ARRISUENO CORNEJO. Ministro de Educación.

General de Brigada EP ARMANDO ARTOI.A AZCARATE, Ministro del Interior.

Contralmirante AP JORGE DELLEPIANE OCAMPO, Mi-ni.«d ro de Industria y Comercio.

Contralmirante AP LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.

Mayor General FAP ROLANDO CARO CONSTANT1NI, Ministro de Salud.

General de Brigada EP FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CF.RltUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada EP JORGE BARANDIAUAN PAGADOR, Ministro de Agricultura.

. General de Brigada EP ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada EP JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLAR!, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada EP JAVIER TANTALEAN VANINI, Ministro de Pesquería.

POR TANTO:

Muido se publique y cumpla.

Lima. 11 de Agosto de 1970.

General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO.

General de División EP ERNESTO MONTAGNE SAN-CIIF./., Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra. Encargado de la Cartera de Marina.

Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ

General de Brigada EP FRANCISCO MORALES BF.R-MUDEZ CF.RRIJTTI.

Partida:



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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