Tipo de Norma: Ley
Número: 18341
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18341PARA FINES DE DEFENSA NACIONAL
Los Ministerios de Guerra-Marina
y Aeronáutica pagarán interés de 12°lo anual en Oper. de Crédito
DECRETO LET N* 1M4I
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado ei Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, es necesario modificar el tipo de interés que deben pagar los Ministerios de Guerra, Marina y Aeronáutica en las operaciones de crédito en moneda nacional que celebran al amparo de las disposiciones legales vigentes, para loa ílnes de la Defensa Nacional, de acuerdo al costo del dinero en el mercado;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros:
Ha dado el Decreto-Ley Biguiente:
Artículo Unico.— Los Ministerios de Guerra, Marina y Aeronáutica quedan autorizados a pagar un interés hasta del 12% anual, en las operaciones de crédito en moneda nacional que realicen, conforme a sus leyes específicas y para fines de Defensa Nacional.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de Julio de. mil novecientos setenta.
General de División EP. JUAN VELASCO ALVARADO Presidente de la República.
General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice-Almirante AP. MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO Ministro de Marina.
Gjfqpral de División EP. EDGARDO MERCADO JA-RR1N, Ministro de Relacione* Exteriores.
Teniente General PAP. JORGE CIIAMOT BIGGS, Ministro de Trabajo.
General de Brigada EP. ALFREDO ARRISUENO CORNEJO, Ministro de Educación.
General de Brigada EP. ARMANDO ARTOLA AZCA-RATK, Ministro del Interior.
Contralmirante AP. • JORGE DELLEPIANE OCAMPO, Ministro de Industria y Comercio. Encargado de la Cartera de Agricultura.
Contralmirante AP. LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.
Mayor General FAP. ROLANDO CARO CONSTAN-TINI, Ministro de Salud.
General de Brigada EP. FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI. Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada EP. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP. JORGE FERNANDEZ MAL-
DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
General de Brigada EP. JAVIER TANTALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería. .POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 14 de Julio de 197®. General de División EP. JUAN VELASCO ALVARADO General de División EP. ERNESTO MONTAGNR
SANCHEZ.
Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vice-Almirante AP, MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO.
General de Brigada EP, FRANCISCO MOR ALE) S BERMUDEZ CERRUTTI.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.