Ley Nº 18279

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 18279

Autorizan a Agricultura Concertar con el Eco. de la Nación Préstamo de 20 Millones

DECRETO-LEY N* 18279

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que las Garitas de Control <tue actualmente vienen funcionando en las diferentes vías de acceso a la Capital, se •ncucntran ubicadas en lugares inapropiados, carecen de instalaciones y equipos adecuados. no ofrecen las facilidades indispensables para el Cumplimiento de su cometido y las Dependencias de los diferentes Ministerios encargadas de ejercer aleún control, fel estar diseminadas, no permiten economía de esfuerzo, ni unidad de dirección:

Que por Decreto-Ley N 17157. se constituyó una Comisión Especial a nivel inter-Ministerial para proceder al saneamiento y reorganización del Mercado Mayorista de Lima, Zonas Aledañas. Mercado del ex-Terminal Terrestre y Terminal Pesquero, la misma que en el cumplimiento de sus funciones contempla la necesidad de reorganizar las Garitas de Control existentes, para que permitan un eficiente control de las subsistencias y a la vez sirvan para ejercitar otros controles, especialmente los de seguridad y de artículos sujetos al pago de impuestos y otros afines;

Que la Comisión Especial antes referida, está próxima a concluir las obras de remo-delación y reorganización encomendadas y al requerirse de estos elementos de control, se hace necesario ampliar sus funciones y dotársele de los fondos necesarios para el cumplimiento de sus fines;

En uso de las facultades de que está investido; y.

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente :

Artículo 1* — Autorizase al Ministerio de Agricultura para concertar con el Banco de la Nación, uno o más préstamos hasta por la suma de Veinte Millones de Soles (S/ 20’000.c00.00), con el objeto de proceder a la reorganización, reubicación, construcción y equipamiento de las “Garitas de Control'* de Lima, y para los fines de la Comisión Reorganizadora del Mercado Mayorista de Lima, Zonas Aledañas, Mercado del ex-Ter-minal Terrestre y Terminal Pesquero, con un interés no mayor de! doce por ciento (12%> anual.

Articulo 2 — Las amortizaciones del préstamo o préstamos que se celebren en uso de la autorización contenida en el artículo anterior, así como sus intereses, se efectuarán con las partidas que pa-Ta tal efecto se consignen en el Presupuesto Funcional de la República. Pliego de Agricultura, a partir de 1971.

Articulo 39 — Ampliase las funciones de la Comisión Especial creada por el artículo 49 del Decreto-Ley N® 17157, para que se encargue de la reorganización. reubicación, construcción y eauipamiento de las “Garitas de Control” de Lima.

Artículo 4o — Autorízase al Ministerio de Agricultura para que ponga a disposición (Je la Comisión Especial creada por el Art. 4 del Decreto-Ley N 17157, los fondos que se requieran para los fines a que se contrae el Art. 1 del presente Decreto-Ley.

El uso de estos fondos se hará de acuerdo a lo preceptuado por los Decretos-Leyes Nos. 17157 y 17242 y Resolución Ministerial N® 1538 68-AG-DM, de 16 de diciembre de 1968.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve

días del mes de mayo de mil novecientos setenta.

General de División EP, JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República.

General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Vice - Almirante AP., MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO. Ministro de Marina.

General de División EP. EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Ministro de Relaciones Exteriores, y Encargado de la Cartera de Aeronáutica.

Teniente General P A P.. JORGE CIIAMOT BIGGS. Ministro de Trabajo.

General de Brigada E. P., ALFREDO ARRISUENO CORNEJO. Ministro de Educación.

General de Brigada E. P., ARMANDO ARTOLA AZCA-RATE, Ministro del Interior.

Contralmirante AP.. JORGE DELLEPIANE OCAMPO, Ministro de Industria y Comercio.

Contralmirante A. P.. LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.

Mayor' General PAP ROLANDO CARO CONSTANTI-NI, Ministro de SMud.

General de Brigada EP., FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada E. P. JORGE BARANDIARAN PAGADOR. Ministro de Agricultura.

General de Brigada EP, ANIBAL. MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro da Transportes y Comunicaciones

General de Brigada EP. JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLAR!, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada E. P , JAVIER TANTALEAN VANi-NI. Ministro de Pesquería.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima. 19 de mayo de 1970.

General de División EP

JUAN VELASCO ALVARA-DO.

General de División EP ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ.

Vice Almirante A. P. MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO.

General de División EP. EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Ministro de Relaciones Exteriores, Encargado de la Cartera de Aeronáutica.

General de Brigada EP JORGE BARANDIARAN PAGADOR.

General de Brigada EP

FRA*'PISCO MORALES BERMUDEZ.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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