Tipo de Norma: Ley
Número: 18267
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18267OBRAS POR CONTRATA DE MAS DE UN MILLON DE SOLES SE SOMETERAN AL REQUISITO DE LICITACION PUBLICA
DECRETO-LEY No. 18267
Considerando:
Que eí artículo 51 del Decreto Ley Nl- 18088, Ley Anual del Presupuesto Funcional de la República para 1970 dispone que los estudios y obras imputables a las partidas o.l y 3.2.1 dei Clasificador por Objeto del Gasto, cuando se realicen por contrata y su monto exceda de un millón de soles oro (S|. 1'000,000) se someterá al requisito de licitación pública;
Que es necesario aclarar las normas dispuestas en el citado artículo a fin de hacer más efectiva su aplicación sobre todo en lo referente a los Estudios por Cantrata cuyo monto exceda de un millón de soles oro (Sj. F-000,000);
Que dicha medida permitirá mayor fluidez de operación a tan importante fase previa a la ejecución de obras;
Estando a lo informado por la Dirección General del Presupuesto Público;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Art. único.—Aclárase los alcances del artículo 51 de la Ley Anu¿il del Presupuesto Funcional de la República para 1970, en el sentido de que las obras por contrata cuyo monto exceda de un millón de soles oro (S|. 1'000,-UÜ0) se someterán al requisito de licitación pública. Los estudios, otorgarán mediante concurso de méritos, cualquiera sea su monto.
Por tanto: Mando se publique y cumpla. Lima, 8 de Mayo de 1970.
Gral. de Div. EP Juan Velasco Alvarado. Vicealmirante AP. Manuel S. Fernández C., Ministro de Marina, encargado de la Cartera de Guerra.
Gral. de Div. EP. Edgardo Mercado Jarrín, Mi nistro de Relaciones Exteriores, encargado de la Cartera de Aeronáutica.
Gral. de Brig EP. Feo. Morales Bermúdez C.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.