Tipo de Norma: Ley
Número: 18221
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18221Incluyen en Dirección de los Comunidades Campesinas de RA. la Of. de Investigación de Canas
DECRETO LEY No. 1*221
CL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO.
El Gobierno Revolucionarlo
ha dado «1 Decreto - Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que el Inciso a) del articulo 1’ del Decreto—Ley N* 18006, de 25 de Noviembre de 1969. al enumerar las deuen-
Oenernl de División E. P., ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ. Presidente del Conselo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP ROLANDO GILARDt RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice - Almirante AP.. MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Merma.
General de Divls'ón FP. EDGARDO MERCADO J\-RKIN, Ministro de Relaciones Exteriores.
Teniente General PAP., JORGE CIIAMOT R1GGS. Ministro de Trnbaio.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.