Tipo de Norma: Ley
Número: 18186
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18186Autorizan a Economía ampliar Presupuesto de la Sociedad de Beneficencia Pública de lea
DECRETO LEY N* 18IÍU5
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, la Sociedad Pública de Beneficencia de lea ha invertido fondos en el equipamiento de los Hospitales de San Juan de Dios y Santa María del Socorro;
Que, dichos fondos fueron recibidos por esta entidad en el primer cuatrimestre de 1969 y no fueron contabilizados en el ejercicio presupues-tal de 1968, al cual correspondían ;
Que, es necesario regularizar la citada operación en el ejercicio fenecido;
TITULO I INGRESOS CAPITULO V
De conformidad con el Artículo 28 del Decreto-Ley N 17556, Ley Anual del Presupuesto Funcional de la República para 1969;
Estando a lo informado por las Direcciones Generales de Contabilidad y de Presupuesto Público, del Ministerio de Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que está investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
lia dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo Unico. — Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas para que amplíe el Presupuesto Funcional de la Sociedad Pública de Beneficencia de lea, correspondiente al ejercicio fiscal de 1969 y aprobado por Decreto Supremo N 101-69-EF de fecha 09 de Julio de 1969, hasta por la suma de Un Millón Ochocientos Mil 00/100 Soles Oro (S/. l’BOO,000.00), según el detalle siguiente:
Transferencias (Aportes! S/. 1*800,000.00
Pliego 11; Hacienda y Comercio Sub-Plicgo VIII: Transferencias
Partidas Nos: 1012 y 1013 -
TOTAL: ...... S/. 1*800,000.00
TITULO II EGRESOSrartidas:2.0. 0. Bienes y Servicios no Personales ... 9/. 756,700.00
3.0. 0. Obras por Contrata y Administración „ 700,000.00
5.0. 0. Pagos Financieros..........'....... 343,300.00
TOTAL:
S/. 1*800,000.00
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.