Tipo de Norma: Ley
Número: 17991
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17991MINISTERIO DE ECONOMIA HARA TRANSFERENCIA EN LAS PARTIDAS DEL PLIEGO 10 DE DEFENSA NACIONAL
DECRETO-LEY" W 17991
Considerndo:
Que han resultado insuficientes las sumas a-signadas a las diversas partidas especificas de la Genérica 4.0.0 Transferencias del Bub-pliego Unico - Defensa Nacional - Unidad de Asignación N 1 del Pliego 10 Ministerio de| Aeronáutcia del Presupuesto Funcional del Go bierno Central en vigencia;
Que en cambio determinadas partidas específicas de la Genérica 1.0.0 Remuneraciones Personales de la misma Unidad de Asignación dispone de saldos que no van a ser utilizados;
Que no obstante lo dispuesto en el artículo N 22 del Decreto Ley N< 17556, es necesario, par excepción autorizar la transferencia de partidas solicitadas de conformidad con lo in formado por las Direcciones Generales de Contabilidad y Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.
En uso de las facultades de que está inves
tido;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente: ,
Art. único.—Autorizase al Ministerio de Eco nomía y Finanzas para efectuar la Siguiente transferencia de partidas en el Pliego 10 - Ministerio de Aeronáutica del Presupuesto Funcional del Gobierno Central en vigencia hasta por la cantidad de oaho millones cien mil seles oro (S|. 8100,000).
A las Partidas si.
4.1.2 Al Seguro Social del Empleado . 65,000
4.1.3 Al Seguro Sooial Obrero .... 17,000
4.2.1. Pensiones de Retiro* Cesantía y
Jubilación................1*518,000
4.2.21 Pensión de Montepío...... 6*000,000
4.2.3 Indemnizaciones...... .. .. 500,000
4.6.0 Créditos Devengados y Reconocidos por Transferencias..... 1*000,000
Bj. 8*100,0001
Por tanto; mando se publique y cumpla.
Lima-, 18 de Noviembre de 1969.
Gral. de Div. EP. Juan Veiasco Al varado Gral. tie Div. EP. Erhesto Montagne Sánchez Tnte. Gral. FAP. Rolando G ilar di Rodríguez Vicealmirante AP. Enrique Carbonel Crespo, Gral. de Brig. EP. Jorge Fernández Maído-nado Solar!, Ministro de Energía y Minas, y encargado de la Cartera de Economía y Finanzas.
Pliego 10 - Aeronáutica.
Sub-Pliego Unico - Defensa Nacional.
Asignación N 1.
De las partidas 6/.
1.1.1 Haberes Básicos del Personal
Permanente .... _______ ______2*553,800
1.2.1 Por tiempo de servicios ... .. 490,000
1.2.3 Por dedicación exclusiva .. .. 349,000
1.2.4 Por tiempo completo .,..... (87,100
1.2.5 Por Zona ... . . . ....... 141,600
1.2.7 Compensación por cambio de
moneda.............*. . * 1*500,000
1.2.8 Compensación por vivienda . . 73,300
1.2.9 Por condecoración........ 361,005
1.2.11 Por reenganche......... 40,00o
1.2.12 Por retardo de ascenso..... 29,400
1.2.14 Por propinas.......... .. 73,000
1.2.17 Por función de Inteligencia .. 80,000
1.2.19 Estado civil ...... ..... 350,000
1.2.20 Por licénciamiento ....... 70,000
1.3.1 Por costo de vida.......... 897,000
1.3.3 Por representación . ....... 27,000
1.3.6 Por racionamiento ., .. .. ». 931,000
1.3.10 Por instalación ... .. .. 138,700
1.3.13 Por quiebras ....... 6,000
1.3.14 Por alto Mando........... 1,600
S|. 8*100,000
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.