Ley Nº 17992

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 17992

Más de 24 Millones Asignan, al Minist.

*; \

de Educación de Bonos de Inversión

DECRETO LEY No. 17992

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

B Gobierno Revolucionario h» dado el Decreto-Ley atríllente •

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Ley No. 17699 se ha autorizado la e-misión de Bonos denominadas “Bonos de Inversión Pública — Año 1969 — Decreto Ley No. 17699, hasta por la. cantidad de S/. l^OO’OOO, 000.00 pora el finond amiento de loa proyectos de inversión cons'derados en el Presupuesto Funcional de la República en vigencia:

Que, en cumplimiento de tal disposición,. di producto de la colocación . de dichos Bonos fue distribuido a diferentes Pliego* por Decreto Supremo No. 085-69-HA;

Que, es necesario asignar al Ministerio de Educación el saldo disponible de S/. 24’502, 786.13 a fin de que pueda continuar la» obras de construcción de locales escolares financiado originalmente eon “Recursos Propios” que no so van a producir como consecuencia de la aplicación dd Decreto Ley No. 17717 de

graiuidad de la enseansa;

De acuerdo con fo informado por las Direcciones Generales del Tesoro y Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas:

* * •

En uso de las- facultades de que está Investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Articulo 1. — Asígnase al Ministerio de Educación la cantidad de Veinticuatro Millones Quinientos Dos Mil Setecientos Oehentiseis 13/ 100 (8/. 241502,786.13) correspondiente al saldo de la colocad óil de Bonos de Inversión Pública — afio 1989 — Decreto Ley No. 17698, quedando en esta forma modificado el Presupuesto de Fuentes de Financi amiento

del Pliego de Educación. •

Articulo 2v. — En los fibra mientes que gire el Ministerio de Educación para la utilización de los recursos señalados en el Artículo anterior para la ejecución de o-bras de construcción de locales escolares aprobados por la Ley Anual de Presupuesto en vigencia áe consignará el texto siguiente: “Bonos de Inversión Pública — Afio 1969—Decreto Ley N* 17698".

Dado en lima, en la Casa de Gobierno, a los dieciocho días del mes de Noviembre de mil novecientos sesenti-nueve.

General de División EP. JUAN VELA SCO ALVARADO, Presidente de la República.

General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General PAP, ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vlce Almirante AP. ENRIQUE CARBONEL CRESPO. Ministro de Marina.

Mayor General PAP EDUARDO MONTERO ROJAS, Ministro de Salud.

General de Brigada EP. EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP. ALFREDO ARRISCELO CORNEJO, Ministro de Educación .

General de Brigada E.P

armando artola azca-

RATE, Ministro del Interior.

Mayor General F A P. JORGE CHAMOT BXGGS* Ministro de Trabajo.

Contralmirante AP, JORGE DELLEPIANE OCAMPO, Ministro de Industria y Comercia.

Contralmirante AP LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda.

General de Brigada E.P JORGE BARANDIARAN PAGADOR, Ministro do A-grieultura y Pesquería.

General de Brigada EJE*. ANIBAL MEZA CUADRA CARDENAS, Ministro de Transporte* y Comunicaciones.

General de Brigada E.P. JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas, y Encargado de la Cartera de E-conomía y Finanzas.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Urna, 18 de Noviembre de 1969.

General de División E. P. JUAN VELASCO ALYARA-DO.

General de División EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ

Teniente General PAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

v ice-Almirante AP. ENRIQUE CARBONEL CRESPO. General dfe Brigada EP* JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía' y Minas, y Encargado de la Cartera de E-conomia y Finanzas*.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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