Ley Nº 17859

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Número: 17859


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 17859

250,000 00

60.509.00

4.000 00

3.000. 00

7.000. 00

6.000 00

21.000 00 1,500 C0

64,400 CÜ 2,000 00 7,000.00 10,000.00

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21,600.00 4,000.00 4,000 00 30,000 00

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99

99

Transferencias.

Transferencias Corrientes n Entidades

del Sector Publico Nacional

Partida

Autorizan a Minisf. de Economía hacer transferencia de Partidas en el Pliego 15 de Agricultura

DECRETO LEY N<* 17859

EL PREST DENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley aljamien te:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:

Que, al haberse presentado una epidemia de Encefalitis Equina en los Departamentos de Piura y Tumbes Zona Agraria I, con grave peligro para la salud humana y animal de la región, significando ello un estado de emergencia para la zona en mención;

Que, la citada Zona Agraria ha hecho frente a esta crítica situación con egresos de sus presupuestos normales

de funcionamiento;

Que, es necesario restituirle a dicha Zona Agraria los desembolsos efectuados para la campaña de detención de esta epidemia; y existiendo los recursos necesarios para ello en la Unidad de Asignación N 1, 4.0 0 Gastos de Transferencias, Partida Específica 4.1.1 Organismos Públicos Descentralizados, por lo que es conveniente autorizar la realización de Transferencias de Partidas;

Que, procede la transferencia de partidas solicitada de

conformidad con lo establecido por el Artículo 51 de la Ley N°. 14816, Orgánica del Presupuesto y el inciso c) del Artículo 26 del Decreto-Ley N 17556, Anual del Presupuesto Funcional de la República en vigencia;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo único. — Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Piiogo;ol5 -Ministerio de Agricultura y Pesquería del Presupuesto General en vigencia, hasta por la cantidad de doscientos cincuenta, mil soles oro (S/. 250,000.00)1

PLIEGO XV Agricultura y Pesquería

Del Sub-Pliego I — Dirección Superior, Planificación y Administración.

Programa Unico — Dirección y Administración Superior.

Asignación N i.

4.0.0

4.1.0

De la

4.1.1 A Organismos Públicos Descentralizados "Al Banco de Fomento Agropecuario, para que atienda los gastos iniciales de la derivación del río Chira al Piura" ............ .........

Al Sub-Pliego III — Zonas Agrarias.

Programa I: Conservación. Defensa, Mejoramiento y Utilización de los Recursos Naturales .

fíub-Programa l — Zona Agraria I: 'Tumbes y Piura

Asignación N9 9.

A las Tari i das

2.1 1 Comisiones fuera dei lugar de trabajo

2.2.1 Fletes y acarreos...... .........

2.2 4 Embalaje ... ... ...............

2.3.4 Comunicaciones ...... .........

2.4.3 Vestuario ........_ ............

2.4.6 Combustibles, carburantes y lubricantes

2.4.7 Material fotográfico y fotografías ...

2.4.9 Medicinas y materiales de laboratorio

2.4.10 Utiles de escritorio ............

2.4.16 Materias primas ... ... ... ......

2.5 6 Equipos médicos ... ...........

2.7.3 Mantenimiento y repuestos de equipos

de transporte.................

2.8 2 Avisos, publicaciones y propaganda ..

2.8.3 Impresos y formularios ... ......

2.9.5 De semovientes ......... ... ...

2.10.8 Imprevistos ... ... ............

S/. 250,000 00

Dado en la Casa úc Gobierno, en Luna, a los veintiún días del mes de Octubre de mil novecientos sesentinueve.

General de División EP! JUAN VELASCO ALVARADO. Presidente de la República.

General de División Ep; ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Güeña.

Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice Almirante AP. ENRIQUE CARBONEL CRESPO, Ministro d,e Marina.

Mayor General FAP. EDUARDO MONTERO ROJAS, Ministro de Salud.

General de Brigada EP. EDGARDO MERCADO JARRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP. ALFREDO ARRISUEÑO CORNEJO. Ministro de Educación.

General de Brigada EP. ARMANDO ARTOLA AZCARA-TE, Ministro del Interior.

Mayor General FAP. JORGE CIIAMOT BIGGS, Ministro

de Trabajo.

Contralmirante AP JORGE DELLEPIANE OCAMPO, Ministro de Industria y Comercio.

Contralmirante AP. LUIS VARGAS CABALLERO, Ministro de Vivienda

General de Brigada EP. FRANCISCO MORALES BER-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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