Ley Nº 17702

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 17702

Comisión realizará Reforma del Complejo Pesquero de la Nación

DECRETO LEY N° 17702

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado #i Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que los valores ictiológicos contenidos en nuestro mar territorial, constituyen una fuente natural de riqueza y por lo tanto patrimonio del Estado;

Que es obligación del Estado cautelar tal riqueza mediante su explotación planificada, propendiendo al desarrollo económico y social de la Nación;

Que el actual conjunto de organismos y actividades relacionadas con la explotación, transformación y comercialización de nuestra riqueza ictiológica, constituye un complejo pesquero que adolece de graves defectos y que está orientado hacia el beneficio de privilegiados grupos minoritarios en perjuicio de las mayorías y de la justa participación que le corresponde al Estado.

Que la estructura de este defectuoso Complejo Pesquero, por ser perjudicial a los intereses del país, requiere de una reforma que esté acorde con los lincamientos de la política económico-social del Gobierno Revolucionario;

Que dado el carácter aleatorio de la explotación de esta riqueza natural, se hace necesario disponer de un sistema económico flexible diferente al empleado actualmente, a

fin de evitar que se continúe menoscabando a determinados sectores y en especial a los pescadores;

Que es notorio el descontento que existe en los sectores que laboran en el gran Complejo Pesquero lo cual disminuye el potencial humano que requiere el desarrollo del país;

Que es conveniente proyec-tar la explotación y des arrollo de las industrias derivadas de nuestro mar hacia la nutrición del pueblo y en beneficio de los peruanos, para lo cual es necesario derogar y/o modificar la legislación vigente.

Que es objetivo del Gobierno Revolucionario promover a superiores niveles de vida compatibles con la dignidad de la persona humana a los sectores menos favorecidos de la población, realizando la transformación de las estructuras necesarias, entre las cuales están las económicas y

sociales del país;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente :

Artículo 1’ — Desígnese una Comisión encargada de la Reforma del Complejo Pesquero Nacional, la misma que tendrá carácter ad-honorem y estará integrada por siete miembros designados de acuerdo al detalle siguiente:

—Un representante de la Presidencia de la República

que la presidirá.

—Un representante del Ministerio de Agricultura y Pesquería.

—Un representante del Ministerio de Hacienda.

—Un representante del Ministerio de Industria y Comercio.

—Un representante del Instituto Nacional de Planificación.

—Dos representantes de la actividad pesquera del sector-privado.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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