Tipo de Norma: Ley
Número: 17568
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17568Autorizan a Hacienda a efectuar transferencias de partidas del Presupuesto del Gbno. Central
DECRETO LEY N* 15«S
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR cuanto:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley simiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Oue han resultado lUSUfl-personal permanente”, de la misma Unidad de Asignación, dispone de saldo de libre aplicación que no va a ser utilizado;
Que es precedente la transferencia solicitada de conformidad con lo dispuesto en el inciso 1’ del articulo 52* de la Ley N’ 14818, Orgánica del Presupuesto Funcional de la República, y lo Informado por la Dirección Nacional de Presupuesto y la Contraloria General de la República;
En uso de las facultades de aue está investido; y,
cíente* las sumu asignadas a las Partidas Nos. 1.2.3 "Bonificación por movilidad" y l.M "Bonificación por espe-cüülxación”, del Pliego de Ha. eienda y Comercio, Sub-Plle-go 1 — Dirección y Administración General, Programa IX — Tesoro Público, Asignación N* », del Presupuesto Funcional del Gobierno Central ds 1966;
Que en cambio la Partida N* 1.1.1 "Beberes básicos del
Con el voto aprobatorio ael Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente;
Artículo Unico. — Autorizase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar las aiguientes transferencias do partidas en su Pliego, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1966, hasta por la suma de Cinco MU Cln-cuentidoa Solee Oro (8/o. 6.092.00);
SUB-rclBOQ I — DIRECCION T ADMINISTRACION GENERAL PROGRAMA IX — TESORO PUBLICO
ASIGNACION N* 9
De U Partida: 1.1.1 — Haberes básteos del personal
5,062 00
permanente.. ... ......... S/.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.