Ley Nº 17569

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 17569

Hacienda transfiere partidas en Pliego del Gobierno Central-968

DECRETO LET No. 17559

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

H Gobierno Revolución»' rio ha dado el Decreto-Ley si luiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que no habiéndose considerado dentro de la Partida

cación existente en la Partida No. 5.1.1 ‘'Amortización de la Deuda Interna” rubro:

— (24) Bonos del Tesoro-Octava Serle-Leyes Nos. 13309 y 13505—. de la misma Unidad de Asignación, que no va a ser utilizado;

Que es procedente la transferencia solicitada. de conformidad con lo dispuesto por el articulo 52* de la Ler No. 14815 y lo Informado por la Contralorla General de la-Repúbllca y la Dirección Nacional de Presupuesto;

En uso de las facultades de

no. "intereses ae la

Deuda Externa”, el rubro — Impreslt del Pacifico 3. A. Octavio Bertoiero y Cía. D. 8. 102-68-HC — del Pliego de Hacienda j Comercio. Sub-Fliego VI — Pagos Financieros, Asignación No. 2a. dei Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1668. es necesario su apertura, dotándolo de ios fondos que requiera para la atención de loe •enríelos a que está destinado;

Que para el tln indicado se puede tomar el saldo sin apllt

que está Investido; y,

Con el voto aprobatorio del Concejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente;

Articulo Unico.— Autorí-sase al Ministerio de Hacienda y Comercio para e-fectuar la siguiente transferencia de partidas en SU Pliego, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1968. hasta por 1* suma de Trescientos Un Mil Quinientos Veinticuatro Soles Oro y Veintiocho Centavos (8/. 301,53458);

Sab-PUega VI — Pagos Financieros Asignación Ha tt

De la partida:

301,52438

5.1.1 -— Amortización de la Deuda Interna (!H) — Bonos del Tesoro—Octava Serte-Leyes Nos. 133» y 13605. .. 8/.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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