Tipo de Norma: Ley
Número: 17232
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17232Fondos para Reparar Morgues de Ciudades de Lima y Callao
DECRETO LEY No. 11122
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO;
CONSIDERANDO:
Que en el Presupuesto Funcional de la República del año 1905, se consignó en el Pliego del Ministerio de Hacienda y Comercio la canil-
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Cuenta No. DG-1428, Direo-clón General de Justicia.
< Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis dias del mes de Noviembre de mil novecientos sesentiocho.
Grol. Div. EP. JUAN VELASCO Al/VARADO, Presidente de la República.
Oral. Dlv. EP. ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Contralmirante AP. RAUL RIOS PARDO DE ZELA, Ministro de Marina.
Teniente Oral. FAP. RO-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.