Ley Nº 17233

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 17233

Reconocen a CIPUL como entidad representativa de profesiones liberales en toda la República

DECRETO LEY N* 11233

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que, el 25 de Octubre de 19G5 se constituyó la Confe-de.acíón de Instituciones Pro-í.’sionalts Univcisitarlos Liberales del Feiú, como entidad representativa de las profesiones de origen universitario y está formada por las siguientes Instituciones: Federación de Colegios de

Abogados, Colegio de Arquitectos del Perú, Federación Nacional de CcIeQics de Contaderas Públicos del Perú, Colegio de Economistas del Perú, Asociación de Médicos Veterinarios, Asociación O-dontológica del Perú, Colegio de Químicos Farmacéuticos del Perú, Colegio de Ingenieros del Perú y Federación Médica Peruana;

Que, la Confederación tie-

Ja en tí Perú título universitario y colegiación conforme a ley.

Artículo 3»— Son fines de la CIPUL:

n) Ejercer la representación de las profesiones universitarias liberales del Perú, en tí ámbito nacional e internacional, sin perjuicio de la que corresponda a estas en particular;

b) Promover la solidaridad profesional a través de los organismos nacionales representativos de las profesiones universitarias liberales del país;

o) Velar por el progreso y el mejoramiento de las profesiones universitarias liberales del Perú; y

di Servir al Estado y a las Instituciones Públicas como órgano de orientación y consulta.

Articulo 4o— La CIPUL tendrá las siguientes atribuciones :

a) Realizar convenciones y congresos nacionales para tratar de les problemas que atañen a las profesiones universitarias liberales del Perú;

b> Crear 7 sostener insti-cio.nes asistencialcs y de ayuda y solidan iad profesional oon la participación de las

Contralmirante AP. RAUL RIOS PARDO DE ZFLA, Ministro de Marina.

Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

General d; Brigada EP. EDGARDO MERCADO JA-KRIN, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP. ARMANDO ARFOLA AZCAFA-TE, Ministro de Gobierno y Policía.

Contralmirante ALF0N7O NAVARRO ROMERO, Ministro de Justicia y Culto.

General de Brigada EP. ANGEL VALDIVIA MORRI-RERON, Ministro de Hacienda y Comercio.

General de Brigada EP. ALBERTO MALDCNADO YANEZ, Ministro de Fomento y Obras Públicos.

General de Brigada EP. AL. FltCDO AJIRISUEK'O CORNEJO, Ministro de Educación Pública.

Mayor Oral. PAP. EDUARDO MONTERO ROJAS, Ministro de Sniud Pública V Asistencia Sociai.

General de Srigad.t EP. JOSE BENAViDES BENA-VIDES, Ministro de Agricultura.

Mhyor General FAP. jorge CUAMOT nifiGS. Minio-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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